El Defensor del Pueblo de la Provincia, José Leonardo Gialluca, consideró “ejemplar” el fallo de la Justicia Federal de Dolores, Provincia de Buenos Aires, que dictó una medida cautelar disponiendo que a partir de ayer y dentro de los próximos 90 días «todas las prestatarias del servicio de gas del país se abstengan de llevar adelante cualquier corte o suspensión del servicio de gas… como consecuencia de la falta de pago”.

La Sentencia, remarcó el funcionario, como el mismo resolutorio reza: fue emitida «a los fines de garantizar elementales situaciones vinculadas al acceso al referido servicio público y así proteger a los sectores más vulnerables que pudieron ser afectados por el posible actuar ilegítimo del Estado». A la pregunta de ¿Dónde se encontraría el susodicho actuar contrario a la ley? El Ombudsman fue contundente: “En que el Gobierno Nacional pretendió hacer creer que la tarifa para la provisión del gas natural surgiría del libre juego de los actores del mercado y no sólo terminó fijándolo, sino que lo hizo por un mayor valor a lo de los precios internacionales, sin audiencia pública e incluyendo en el costo final los ítems de exploración e inversión para la expansión de las empresas, los cuales no tienen por qué ser soportados por el usuario. En suma, el fallo vino a develar la existencia de un fraude a los destinatarios de los servicios públicos que se materializa tanto en la imposición de cargas ilegítimas sobres sus bolsillos, como en la imposición de tarifas exorbitantes, arbitrarias, abusivas e ilegales, por cuanto no se cumplió con el necesario proceso de participación ciudadana para fijarlas.