Desde la Defensoría del Pueblo de la Provincia de Formosa se consideró que el Fallo de la CSJN en relación al caso Blanco en contra de ANSES por el índice para actualizar las jubilaciones; abrió excelentes expectativas en Formosa, pero por ahora las cosas siguen igual, lo que queda ver es si el Congreso Nacional legisla en ese mismo sentido.
El fallo del caso Blanco sí llega a Formosa, pero corre sólo para los que hayan hecho o hagan juicio por actualización de haberes. “Esta es una sentencia y todas las que vengan por más que sea de la Corte son para el caso particular de modo que el único beneficiario es Lucio Blanco. Ocurre que al ser el máximo tribunal del país ya se sabe que todos los que sigan los pasos de Julio Blanco tendrán la misma suerte. La gente cree que el fallo significa un aumento, puede ser, pero debe hacerse juicio”, aseguraron desde el Organismo de la Constitución. El Ombudsman Provincial Dr. José Leonardo Gialluca informó que, al jubilarse ante ANSES, a la persona le computan el haber inicial en base a 120 sueldos para atrás. Hasta hace unos años ANSES directamente no los actualizaba y pagaba jubilaciones muy pobres. Ahora los actualiza, pero mediante el índice RIPTE (Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables), que le da menos rédito al jubilado que el índice ISBIC (índice de salarios básicos de la industria y la construcción). La Corte falló en el caso Blanco que debe aplicarse el ISBIC. Con el caso testigo de Blanco pasarán a tener sentencia firme en forma directa 11.766 juicios similares que llegaron a la Corte apelados por ANSES. A su vez, esta última deberá abstenerse de presentar otros 150.000 recursos extraordinarios ante el máximo tribunal. Entre ellos, puede haber casos Formoseños, pero no se sabe con certeza. En la provincia ocurre, como en el resto del país, que gran cantidad de jubilados no accionan contra ANSES por la actualización “correcta” de sus haberes, muchos por desconocimiento, indicó Gialluca. Los que sí van a la Justicia, lo hacen en el tribunal federal –porque ANSES es un organismo nacional- y allí generalmente en primera instancia y en la cámara, que opera en Resistencia, reciben fallos a favor del jubilado. Por eso, el Ombudsman dijo que las cosas no cambian mucho porque el caso Blanco ratifica un fallo de la misma Corte que data de 2009. Lo que sí, es un buen augurio para los que inician o iniciaron juicio ya que se aplica jurisprudencia del caso Blanco, con sentencia a favor del jubilado. Agregó que también la Corte Suprema declara la inconstitucionalidad de oficio de dos resoluciones, de ANSES y de la Secretaría de Seguridad Social que imponían el uso del índice RIPTE, marcando que no pueden legislar sobre los índices salariales porque eso es materia del Congreso. Al mismo tiempo, el máximo tribunal insta a los legisladores nacionales a legislar sobre qué índice debe establecerse para el cálculo de las jubilaciones. Por eso Gialluca dijo que lo que hay que ver es cómo reacciona el Congreso Nacional al respecto y desde ya pediremos que nuestros diputados y senadores nacionales voten por las fórmulas y procesos, “que no solamente beneficien a todos los jubilados, sino que también busquen los mecanismos necesarios para que esto sea inmediato, es decir en el menor tiempo material posible, puesto que nuestros jubilados no pueden esperar años para cobrar lo que por derecho les corresponde”.