Ante las denuncias hechas públicas por integrantes del Centro de Acceso a la Justicia que se encuentra en nuestra ciudad, junto al diputado provincial, Ricardo Carbajal, y que estaban referidas a trabajos llevados a cabo en la zona oeste de nuestra jurisdicción, más precisamente en El Potrillo y sus alrededores, producidas a fines del mes de octubre del corriente año, manifestando que existía cierta preocupación por parte de algunos integrantes de una Comunidad Wichi por los trabajos que lleva adelante una empresa supuestamente en búsqueda de petróleo y en donde señalaron también que nunca se los había informado correctamente sobre estas actividades; la Defensoría del Pueblo quien además oportunamente participo activamente de la Audiencia Pública convocada al efecto por la Subsecretaria de Recursos Naturales, Ordenamiento y Calidad Ambiental, Autoridad de Aplicación de la Ley del Ambiente en la Provincia Nº 1060, informo documentadamente a las partes antes citadas de las gestiones realizadas en consecuencia por ante la Dirección de Industria, Hidrocarburos y Minería de la Provincia a cargo del Ing. Marcelino Ybars.

El Ombudsman Provincial, Dr. José Leonardo Gialluca, señalo que mediante Nota Nº 139/16 puso en conocimiento de las partes que la empresa mencionada es la compañía Petro AP Argentina CompanyLimited, la cual se encuentra desarrollando tareas de exploración “Selva María”. La operadora mencionada ha presentado el correspondiente plan de trabajos e inversiones que se encuentra en plena ejecución estando legalmente autorizada por la respectiva Autoridad de Aplicación.

Asimismo se puso en conocimiento de los denunciantes que en el mes de marzo del año 2015, se llevó a cabo una Audiencia Pública obligatoria, fijada por la Subsecretaria de Recursos Naturales de la Provincia, en donde se presentó el desarrollo de las tareas a llevarse a cabo en el periodo exploratorio y de explotación, con los impactos ambientales pertinentes.

Encontrándose toda esta actividad dentro del marco normativo vigente, desde el Organismo de la Constitución también se le informo a estos funcionarios que en virtud del Artículo 4 del Contrato de UTE entre REFSA y PETRO AP S.A; se ha contratado la paliza de seguro de caución por cualquier daño ambiental que pudiera ocasionarse y que consta con el número 158.146 de la empresa Testimonio de la Compañía de Seguros Sociedad Anónima; por lo cual se les sugirió a los denunciantes que cualquier otra inquietud que tengan al respecto pueden acercarse a la Defensoría del Pueblo y de esta manera serán evacuadas sus dudas, las que quizás surjan por no haber sido partes o estar presentes en las Audiencias Públicas que se convocan permanentemente en todos estos casos, como una condición “sine qua non” para llevar adelante este tipo de trabajos, máxime en zonas donde residen y viven Comunidades Originarias.