Un grupo de conscriptos, ex combatientes de la guerra de Malvinas, interpuso una denuncia contra la ANSeS con el fin de percibir una pensión honorífica de veterano de guerra desde el comienzo del conflicto bélico hasta la sanción de la Ley Nº 24.652 (publicada en el Boletín Oficial el 28/06/1996), más las actualizaciones, costas e intereses y tasa, según correspondan.
Al mismo tiempo pidieron que se declare inconstitucional el artículo 5 del Decreto Reglamentario Nº 2.364/90 que registraba a todos aquellos que había sido parte de la guerra con previa certificación del Ministerio de Defensa.
La ANSeS rechazó la solicitud e interpretó que la fecha inicial de pago es la de la promulgación de la ley antes citada y opuso además la prescripción de dos (2) años anteriores a la solicitud del beneficio.
Desde la Defensoría del Pueblo se informó que el Fiscal Federal de la Seguridad Social, Dr. Gabriel de Vedia dictaminó que los ex combatientes de Malvinas deberán tener el estatus de Veterano de Guerra desde el inicio del conflicto bélico y en consecuencia cobrar una pensión en compensación, todo ello en el marco de una causa judicial en la cual se cuestionaba si los titulares de las pensiones tienen derecho o no a la liquidación del beneficio desde el 2 de Abril de 1982 hasta la entrada en vigencia de la Ley Nº 24.652 en junio de 1996.
Es evidente que la intención del legislador y el espíritu de la ley han sido establecer un reconocimiento y reivindicación históricas, de forma que “carecería de sentido y hasta resultaría contradictorio que se considerara veterano de guerra a partir del día de la presentación de solicitud y no desde el mismo día en que inició o al menos en que cesó el conflicto”.
Por eso, el Fiscal Federal de la Seguridad Social consideró que el cuestionado artículo 5 del decreto 2634/90 “es una clara discriminación”, en tanto el Congreso consideró veterano de guerra a quienes participaron en el conflicto “con total independencia de lo que pudiera ocurrir a cada uno de ellos”. Así, concluyó en que se es ‘veterano de guerra’ desde el mismo momento” en que inició el conflicto bélico, y “en el peor de los casos” desde la fecha en que cesó.
Desde el Organismo de la Constitución Provincial, se informó a todos los ex combatientes de Malvinas que se encuentren dentro de esta situación o tengan alguna duda sobre sus derechos que podrán ser debidamente asesorados en la sede del Organismo o a través de los correos electrónicos depuefor@fibertel.com.ar; denuncia@formosa.gov.ar o al 08004441770