En atención a que luego de la decisión adoptada por el Juez Federal Subrogante Nº 1, Dr. Vallejos, Juan Carlos en la causa caratulada: “NN S/ ENTORPECIMIENTO DE SERVICIOS PUBLICOS (ART. 194)- CORTE DE RUTA 11 ALTURA KM 1287”, EXPTE 4513/16, y donde se notifico fehacientemente a las Autoridades del Escuadrón Nº 16 Clorinda, a que arbitren los medios necesarios para garantizar la normal circulación de vehículos que transitan por la Ruta Nacional Nº 11, como así también de todos los medios de transporte de cargas, determinando V.S, para mayor claridad y contundencia que se haga saber de esta medida al Señor Director Nacional de Gendarmería Nacional que el Mandato Judicial se encuentra plenamente vigente, todo ello sin perjuicio de las atribuciones y deberes que le son propios en virtud de las disposiciones procesales que emergen del Articulo Nº 184 del CPPN; siendo que el delito previsto en el CPA, continua llevándose a cabo, “con la llamativa novedad de que de noche los manifestantes se van a sus casas y vuelven al otro día para continuar obstaculizando el transito a los ciudadanos”; la Defensoría del Pueblo de la Provincia, a través de su Titular y de la Dra. Carolina E. Ruiz Díaz, presentaron una formal Denuncia contra los responsables del Escuadrón 16 Clorinda de Gendarmería Nacional en orden al delito de “Desobediencia Judicial”, previsto en el Art. 239 del CPA por cuanto han incumplido con la Orden Judicial dictada en fecha 29/06/2016, y se peticiono que se intime a los mismos para que cumplan con la Manda Judicial desoída, todo en el menor tiempo material posible, bajo apercibimiento de instar las acciones penales y administrativas pertinentes.