El Defensor del Pueblo de la Provincia de Formosa, Dr. José Leonardo Gialluca, advirtió, que lo expresado por el Ministro de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina, Horacio Rosatti, en cuanto a que cualquier juez puede declarar la inconstitucionalidad de la Reforma Laboral o de algunos o la totalidad de sus artículos, permite fundadamente afirmar que la misma no generará más puestos de trabajo registrados, lo que también ha sido admitido por el Abogado Laboralista Julián de Diego Asesor de Javier Milei en la redacción de la Reforma Laboral.
El mismo defendió los cambios en materia de indemnizaciones –que según el proyecto serán pagados con fondos de la ANSES y de las AUH– y la reducción de aportes patronales – que va a desfinanciar las cajas previsionales–, pero sostuvo que la creación de empleo depende del crecimiento económico y no de un cambio en la normativa laboral. “Si no hay una etapa de crecimiento económico sustentable, no hay inversiones ni generación de empleo”. La posibilidad de que la instrumentación final de la reforma se trabe en los tribunales y termine definiéndose en la Corte, como sucedió con el capítulo laboral de la Ley Bases, es lo que inevitablemente sucederá con esta reforma. Rosatti explicó que, los controles de constitucionalidad pueden ser concentrado o difuso. Concentrado es cuando se concentra en un solo Tribunal.
Difuso es cuando cualquier juez lo puede hacer. Aquí se optó por un control de constitucionalidad difuso que escala hacia el vértice del último control que realiza la Corte. En esta línea, amplió: “Es inevitable el control difuso, porque nuestro sistema no prohíbe que cualquier juez pueda declarar la inconstitucionalidad. Eso no significa que después no pueda ser ordenado por una Jurisprudencia de la Corte. Respecto a la posibilidad de que el Congreso incluya algún vericueto legal para que la reforma no se empantane en los tribunales como sucedió con el capítulo laboral de la Ley Bases, Rosatti se mostró escéptico. “Como poder podrían. Eso sería cuestionado y llegaría a la Corte. Y la Corte diría: ¿esa norma que incorporaron los legisladores es constitucional o no es constitucional? Y a partir de esa última palabra ya no se discutiría cada caso concreto, sino si es constitucional o no el eventual seguimiento obligatorio”.
Dejó en claro que el Poder Ejecutivo nacional, utiliza a su conveniencia, este control difuso que cuestiona en casos como el de la reforma laboral. “El 60% de las causas que nosotros resolvemos, provienen del Estado que cuestiona en materia previsional lo que la Corte ya dijo cómo es. ¿Sabe lo que significaría para nosotros tener 60% de trabajo menos y no decir siempre lo mismo?”. Todo esto se da en una fuerte controversia discursiva donde los redactores y defensores de la reforma laboral, sostienen que la misma apunta únicamente a crear más empleos en el país y que no vulnera ni restringe supuestamente derechos de los trabajadores.
