La -Dirección de Defensa del Consumidor, Usuario y Contribuyentes, Relaciones de Consumo, – de la Defensoría del Pueblo, informó que en el día de la fecha, el titular del Organismo de la Constitución, José Leonardo Gialluca, envió una Actuación al Sr. Intendente de la Ciudad Capital, Ing. Fernando Antonio De Vido y al Presidente de la Comisión de Transporte del Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad Capital, Concejal José Mazó, solicitándoles que cualquier tipo de variación en el costo del boleto único, que se plantee, no se traslade a los usuarios del servicio.

El pedido del Ombudsman Provincial, obedece a que el Gerente de la Empresa Ciudad de Formosa, Juan Pablo Termite y la apoderada de la Empresa San José, solicitaron un mejoramiento de la contraprestación, es decir que se le autorice a subir el costo del boleto único, ante la adquisición de nuevas unidades que están siendo puestas al servicio de la comunidad, generando ello costos de inversión y mantenimiento que deben ser compensados. El Defensor del Pueblo, por su parte, apoyándose en la necesidad de defensa de los derechos patrimoniales de la universalidad de usuarios del servicio de transporte de esta capital y en atención a la función encomendada por el Art. 153º de la Constitución Provincial, de control en la eficacia de los servicios públicos, solicitó también al Intendente y al Presidente de la Comisión de Transporte de la Municipalidad de la Ciudad, que arbitren los medios necesarios para que cualquier mejora en la prestación del servicio a Ciudad de Formosa, no se traduzca en un aumento del boleto, que recaiga en el bolsillo de los usuarios; dado el impacto que éste último tiene en las economías domésticas de quienes, diariamente, por razones de trabajo, estudio, salud, etc. se ven obligados a hacer uso del medio de transporte público urbano de colectivos. Mientras desde Ciudad de Formosa, sus Representantes, manifestaron su interés de seguir cubriendo la prestación en las líneas 20, 30, 40, 70 y 80, frente a lo cual Gialluca solicitó a la Municipalidad, que por el área de policía del transporte público, se prosigan con las acciones tendientes a que la transportista regularice sus frecuencias, especialmente en aquellos recorridos en los que la empresa no cumple con sus obligaciones contractuales, conforme oportunamente lo informara la Defensoría, de acuerdo al relevamiento realizado por el Organismo de la Constitución, con el objetivo de que se mantenga la eficiencia y eficacia del servicio.-