Dado que a fines del mes en curso se había establecido el plazo en el cual vencía para todos los ciudadanos, para la renovación del DNI; y ante las consultas recepcionadas en el Organismo de la Constitución Provincial, se informo que nuestra provincia también adhiere a la decisión tomada desde el Gobierno Nacional y desde donde el Ministerio del Interior y Transporte dispuso extender hasta el 31 de marzo de 2016 el plazo establecido para que los menores de 75 años renueven el Documento Nacional de Identidad (DNI), con el objetivo de “evitar confusión o posibles inconvenientes a la hora de ejercer el derecho al voto por parte de la totalidad de los ciudadanos”

Este plazo, que originalmente vencía en diciembre de 2014, ya había sido prorrogado y daba como fecha límite el 30 de junio de 2015 para reemplazar con el nuevo DNI los documentos de identidad anteriores. Finalmente y dado que aún la totalidad de los ciudadanos no realizó el cambio, el Ministerio que conduce Florencio Randazzo decidió extender el plazo hasta marzo del año próximo. Según la Resolución 2030/2015, publicada ayer en el Boletín Oficial, “a la fecha, el número de ciudadanos que aún no han realizado el cambio por el Nuevo DNI digital resulta mínimo en términos porcentuales de población, dando cuenta de lo efectivo y beneficioso que ha resultado el canje y la modernización documentaria para quienes habitan nuestro país. No obstante, resulta necesario atender las especiales circunstancias que atraviesa la fase final del canje establecido, por coincidir con un año electoral marcado por la realización de sucesivos comicios de internas partidarias y elecciones generales a nivel local, provincial y nacional en todo el país. La normativa explica además que esta prórroga se da con el objeto de evitar confusión o posibles inconvenientes a la hora de ejercer el derecho al voto por parte de la totalidad de los ciudadanos, y al mismo tiempo, de brindar mayores facilidades a aquellos que aún no han tenido acceso al cambio del DNI manual por el Nuevo DNI digital. Por último, la resolución remarca que “el Código Electoral Nacional habilita a los electores a votar con todos los tipos de documento cívico, siempre que se trate del último ejemplar tramitado por el titular, sin distinción de su formato.

Las personas que deben remplazar su documento son aquellas menores de 75 años que poseen el DNI de tapa verde, la libreta de enrolamiento o la libreta cívica. En la página de Internet del Ministerio del Interior (www.mininterior.gov.ar) se pueden ingresar los datos y conocer si se debe llevar a cabo la renovación; y de ser necesario, en el mismo portal se puede sacar turno para realizar el trámite correspondiente o acudir a las oficinas de la Dirección del Registro Civil y Capacidad de las Personas en nuestra provincia.