Desde la – Dirección de Derechos Humanos y Grupos Minoritarios- Discriminación- Xenofobia- Trata de Personas- Discapacidad-, de la Defensoría del Pueblo de la Provincia, el Titular del Organismo de la Constitución Provincial, Dr. José Leonardo Gialluca, acompañado por el Presidente de ADPRA, Dr. Sebastián Vinagre y otros colegas, hizo entrega a la Presidenta de Abuelas de Plaza de Mayo, Estela de Carloto, del Proyecto de Ley, autoría del Diputado Nacional del FpV, Carlos Kunkel y suscripto por todos los diputados nacionales de Formosa, salvo Ricardo Buryaile; mediante el cual en su Artículo 1º se otorga por única vez un beneficio extraordinario a quienes fallecieron como consecuencia del ataque al Regimiento de Infantería de Monte Nº 29 “Coronel Ignacio Warnes” ocurrido en la Provincia de Formosa el día 5 de octubre de 1975, en vigencia de un gobierno democrático.
Desde el Organismo de la Constitución, se vienen concretando una serie de gestiones tanto a nivel provincial como nacional, para que antes de este 5 de Octubre en el que se cumplen 40 años de aquel doloroso caso que enlutara a toda la sociedad formoseña, puedan los sobrevivientes y sus derechohabientes, ser objeto de un beneficio extraordinario a titulo de merecida indemnización.
El Ombudsman Provincial, señalo que la pensión que hoy reciben los herederos de los soldados caídos no cubre sus esenciales y básicas necesidades, siendo que hace poco tiempo ha fallecido uno más de ellos, el señor Cirilo Ramón Campuzano.
Añadió el funcionario que la Titular de Abuelas de Plaza de Mayo, coincidió en la necesidad de que se apruebe una ley de estas características que reconozca a quienes han prestado servicios relevantes a nuestra Patria y por ello es que con Justicia, Verdad y Memoria, destacando siempre la defensa de la Vida y censurando la Violencia, es auspicioso que trabajemos todos juntos para que este Proyecto se convierta cuanto antes en Ley; teniendo en cuenta sobre todo que el mismo ya ha pasado por el Senado de la Nación cuyas observaciones han sido incorporadas al citado, y que los gastos que demandan el cumplimiento de esta norma, se atenderá con los cargos a rentas generales tal como lo establece el Artículo 8º del Proyecto, constituyendo el mismo una justa y merecida reparación a estos otrora jóvenes de alrededor de 20 años, que se hallaban realizando el Servicio Militar Obligatorio, que luego fuera dejado sin efecto en nuestro País, y que hoy ya son Adultos Mayores con todas las necesidades y requerimientos que ello implica, tanto a nivel de salud como así para pasar sus últimos años de vida, con dignidad, decoro y sabiendo que su arrojo, no fue en vano; pues todos los argentinos hoy gozamos de los Derechos que nos da la Democracia, por la defensa de las Instituciones que hicieron en su momento estos hombres.