Desde la -Dirección de Justicia y Mediación Comunitaria- de la Defensoría del Pueblo de la Provincia de Formosa, se solicitó formalmente al actual Ministro de Derechos Humanos y Justicia de Nación Dr. German Carlos Garavano, que el anteproyecto de reforma del Código Penal convierta las indisciplinas, que actualmente se enmarcan en los casos de “manejar borracho o drogado, en delito contra la seguridad pública”, con castigos muchos más duros que una simple multa y la retención del vehículo, incluyendo que estos casos sean pagados por quienes los cometen con la cárcel, hasta por lo menos con un mínimo de tres (3) años de prisión.
El Ombudsman Provincial Dr. José Leonardo Gialluca señaló que es imperiosa la necesidad de incluir estos temas centrales en el actual debate político, donde debe sumarse también todo lo relativo al Régimen Penal Juvenil, pues existen una serie de normativas y proyectos sueltos que necesitamos los ciudadanos que sean compilados y actualizados. Desde el Organismo de la Constitución se señaló que uno de los cambios importantes que se deben producir es que manejar alcoholizado o bajo el efecto de drogas y circular superando la velocidad permitida, pasen de considerarse contravenciones a ser delitos contra la seguridad pública, aunque no generen un daño a otra persona. De esta forma, tendrían consecuencias más allá de una multa o de la retención del auto. Por ejemplo, un test de alcoholemia positivo podría derivar en una pena de hasta tres años de prisión. Además, frente a ciertos agravantes -como violencia de género, discriminación o tenencia de armas- buscar que quien mate al volante vaya preso sí o sí. De un relevamiento realizado por la Defensoría del Pueblo sobre jóvenes de nuestra ciudad, aproximadamente 6 de cada 10 jóvenes afirman, “que si toman un poco igual pueden manejar y que se sienten lúcidos”. Gialluca denunció que esta, “idea o pensamiento es altamente peligroso” y por ello en la Reforma pedimos que se incorpore el tipo penal de “peligro” para aquellos conductores que manejen habiendo consumido alcohol o más estupefacientes. Ante estos casos, la intención es que se considere que el infractor cometió un delito contra la seguridad pública. La idea es que estas conductas no queden en la nada, que tengan consecuencias. Las penas deberían ser de hasta tres años de prisión, la persona puede terminar con prisión domiciliaria o realizando tareas comunitarias pero no lograremos reducir las muertes en siniestros viales con la legislación que tenemos actualmente; “por otro lado, a todos los ciudadanos nos origina una gran impotencia poder observar que quien mató a otra persona, a los días esté conduciendo nuevamente entre nosotros”; y por ello propondremos a la Municipalidad de la Ciudad de Formosa y al Concejo de Seguridad Vial Provincial, que quienes hayan incurrido en estos hechos, “se les retire la licencia de conducir por el tiempo que se estime pertinente sin ningún tipo de excepción”. Por otra parte, si bien se ha modificado el Código Penal de la Nación en su artículo 84 (homicidio culposo), aumentándose el mínimo de la pena a 1 año (antes eran 6 meses), y se incorpora una figura calificada de homicidio culposo como consecuencia de la conducción imprudente, negligente o antirreglamentaria de un vehículo con motor, con sus diferentes supuestos y modalidades. Asimismo, el artículo 94 (lesiones culposas) se incorpora el artículo 94 bis, que contempla especialmente los supuestos y penas cuando las lesiones graves o gravísimas fueran ocasionadas por la conducción imprudente, negligente o antirreglamentaria de un vehículo con motor y finalmente, se ha modificado el artículo 193 bis, que establece las penas por la creación de un peligro para la vida o la integridad física de las personas, mediante la participación en una prueba de velocidad o de destreza con un vehículo con motor, realizada sin autorización, “todo esto no sirve ni basta en la actualidad, pues es necesario que estas conductas no queden en la nada y que sus responsables tengan penas que se traduzcan en cárcel”. Otra inclusión fundamental, entre los peligros, es la realización de picadas. Contemplar a quienes “estuviesen participando en una prueba de velocidad o de destreza realizada sin la debida autorización de la autoridad competente”, debe constituir un delito y tiene que ser penado, pues últimamente, “los motoqueros han tomado determinadas zonas de la Ciudad Capital de Formosa como absolutamente liberadas y hasta se organizan para eludir a los controles policiales, y en sus actitudes si matan a alguien o lesionan a una persona o causan un daño material, nunca aparece el responsable y si se logra su captura se le impone una sanción que realmente es una burla para la sociedad”. Estos individuos también tienen que terminar pagando sus conductas con prisión efectiva pues de lo contrario nunca terminaremos con estos inadaptados sociales.