La Dirección de Seguridad Vial de la Defensoría del Pueblo de la Provincia, continúa atendiendo regularmente el reclamo de propietarios de automóviles registrados en nuestra jurisdicción provincial que reciben notificaciones de multas que fueron impuestas por municipalidades de diversas jurisdicciones instaladas a lo largo del país y que se elaboraron en base a tomas realizadas por cámaras fotográficas denominadas “cinemómetros”.
Con relación al particular, la Defensora del Pueblo Adjunta de la Provincia, Sylvina Portillo, expuso que la mayoría de las notificaciones llegan a los domicilios de los reclamantes, por lo que lo recomendable es no firmar ninguna constancia de recepción de tal documentación, no contestar formalmente dichas cartas y mucho menos efectuar pagos en cuentas de bancos con sede en nuestra capital y que se indican a tal fin. La funcionaria expuso que las normas relativas al tránsito y seguridad vial, tienen por fin prevenir accidentes y, eventualmente, ante una infracción o contingencia, establecer las sanciones que corresponden, todo en aras de tutelar un bien superior cual es la seguridad de la comunidad toda, comprometida en el uso de la vía pública. A tal fin, las denominadas fotomultas para nada deben ser utilizadas por los municipios con meros fines recaudatorios, como es el caso de una intendencia de una provincia vecina que instaló el dispositivo en una curva sobre una Ruta Nacional y pretende que los conductores disminuyan en una fracción de segundo de 90 0 110 km. de marcha, que es la velocidad permitida a 40 km., lo cual es un absurdo que pone en serio riesgo la integridad psicofísica de quienes ocasionalmente se desplazan por dicha calzada y ello es un despropósito. Ése tipo de hechos son los que impugnamos desde la Defensoría del Pueblo de Formosa; así como todo procedimiento que no se ajuste a la Ley Nacional de Tránsito 24.449, que está plenamente vigente. Irregularidades que se dan en casi todas las jurisdicciones en las que el sistema de fotomultas pretende ser aplicado pues o el cinemómetro no se halla homologado y certificado por el INTI (Instituto Nacional de Tecnología Industrial) o no ha intervenido un inspector de Tránsito (persona física) que debió haber informado al conductor al momento de registrarse la pretensa infracción, acreditando su nombre y repartición a la que pertenece, labrando asimismo un acta la cual puede ser suscripta por el involucrado, si así lo desea. Tenemos entendido que sólo la Provincia de Córdoba cumple con tales recaudos las demás “son infractoras” y las pretensas multas que pretenden aplicar han sido impuestas en procedimientos nulos. Por lo que, finalizó diciendo, lo más aconsejable es, ni bien recibida la notificación de una fotomulta, no firmar nada, no contestar formalmente nada y menos efectuar pagos, sino acudir a la sede de la Defensoría del Pueblo de la Provincia, sito en Padre Patiño 831 de la ciudad capital, comunicarse telefónicamente a 3704436379, gratuitamente al 0800-4441770, al WhatsApp 3704698346 o por la WEB a denuncia@formosa.gov.ar y/o depuefor@fibertel.com.ar, donde serán asesorados y los derechos de los afectados serán defendidos gratuitamente ante cualquier jurisdicción del país”.-