La provisión de Agua Potable a todos los ciudadanos es un derecho fundamental de la organización social, amparado en nuestro esquema jurídico vigente.
Fue declarado como “derecho humano universal” por La Asamblea General de Naciones Unidas (ONU) el 29/07/2010. La Resolución contó con 122 votos a favor, no hubo votos en contra, sólo 41 países se abstuvieron, ante todo países desarrollados como Estados Unidos Canadá, Reino Unido y Australia, mientras que las naciones en vías de desarrollo en general votaron a favor. Además figura en nuestra constitución nacional desde el año 1.994 que es su artículo 42 establece: ….”Los consumidores y usuarios de bienes y servicios tienen derecho, en la relación de consumo, a la protección de su salud, seguridad e intereses económicos…” “…Las autoridades proveerán a la protección de esos derechos…” “…al control de los monopolios naturales y legales, al de la calidad y eficiencia de los servicios público. Señalaron desde la Defensoria del Pueblo que la Propia Ley de Defensa del Consumidor establece: …”ARTICULO 5º – Protección al Consumidor. Las cosas y servicios deben ser suministrados o prestados en forma tal que, utilizados en condiciones previsibles o normales de uso, no presenten peligro alguno para la salud o integridad física de los consumidores o usuarios…”.Todos sabemos que la provisión de agua corriente en perfectas condiciones sanitarias es imprescindible para nuestra cotidiana calidad de vida; y, conocemos la situación de desamparo ante la carencia de este servicio por la que pasan miles de ciudadanos que viven en zonas alejadas de centros urbanos o en un marco de pobreza extrema. Es común que en muchas de las urbanizaciones conocidas como “villas” varias casillas se abastezcan de agua de una sola canilla comunitaria con condiciones irregulares de higiene. Esta falta de universalización del servicio de agua es una falla grave de nuestro estado y debe ser reparada. El Ombudsman Provincial, José Leonardo Gialluca señalo que en nuestra ciudad capital están obligados al aprovisionamiento de agua potable por un lado la Empresa Aguas de Formosa S.A y por otro lado el SPAP, desde donde el Gobierno Provincial viene llevando a cabo importantes obras nuevas en todos los departamentos de nuestro interior. En lo que respecta a la prestación de la empresa Aguas de Formosa existen sectores que poseen medidores y otros no , como así también lugares donde se presta el servicio de agua y cloacas y en otros únicamente el de agua por ahora. El cobro en los lugares medidos se hace por metros cúbicos consumidos. Lo que venimos rechazando Institucionalmente es la falta de Sentido Común y de Responsabilidad Social Empresarial de las empresas de servicios públicos en nuestro medio. Por ello instamos a los usuarios a concurrir a nuestra sede munidos de sus facturas y documento de identidad tanto para el servicio de energía electrica como el de agua potable y otros con los cuales tengan inconvenientes. En este marco se denunció un caso muy particular que si no se soluciona en el día de la fecha administrativamente, iremos a la justicia. Se trata de un grupo familiar que vive por la calle Paraguay al 80 oeste y que conformado por madre, padre e hijo de 15 años, “a ultima hora del día viernes 23, mas precisamente a las 19 horas, la empresa le hizo entrega – especial- tocando timbre de su domicilio de una factura de $31.258,79 ; por un consumo que superan los 996m3”. Gialluca denuncio que Aguas de Formosa en este caso en particular, ha tenido una conducta abusiva. La usuaria autorizo desde hace un tiempo a la empresa a que se le debite automáticamente los importes que le cobra mensualmente Aguas de Formosa a través de la tarjeta Visa Banco Hipotecario. Lo desmedido del caso radica en que hace 10 días aproximadamente personal del EROSP, junto con el de Aguas de Formosa controlaron el medidor y concluyeron “que no existía ninguna irregularidad en el mismo y por lo cual la usuaria contrato un plomero que reviso la totalidad de las conexiones domiciliarias, levanto el piso de una pequeña cisterna, controlo que los dos baños no tuvieran perdida, mas cocina, etc., sin embargo el viernes 23 en horas de la mañana Aguas de Formosa -informo- a Visa que debite $31.258,79”. En horas de la tarde a las 19:15hs ningún funcionario de la empresa quiso atender a la desesperada usuaria, sí lo realizó un encargado de la parte comercial, “quien le propuso hacer un plan de pagos cuando esta ciudadana ya había pagado y la empresa cobrado esta sideral suma de dinero”. La vivienda no posee pileta, no tiene patio, y sin embargo habiendo cumplido con los pasos que establece la normativa vigente, la prestataria abuso de su posición dominante y monopólica, acercándole el último día de la semana y ya cayendo la noche una factura que obviamente ellos saben perfectamente que esta familia nunca pudo haber consumido esa cantidad de agua y sin embargo continuaron adelante. Iniciaremos en este y en todos los casos que sean necesarios las investigaciones correspondientes. Los usuarios de servicios públicos tienen derechos y obligaciones al igual que las empresas. Pero estos son los casos que nos crean absoluta falta de credibilidad en las prestatarias y en los organismos de contralor.