Durante lo que va del presente mes de enero, se informo desde la Defensoria del Pueblo, que se vienen atendiendo permanentemente consultas y asesoramientos tanto de madres y padres, especialmente divorciados o separados de hecho o que se encuentran viviendo en distintos puntos del país; de cómo hacer para cumplir con la nueva regulación del traslado de menores impuesta por el Ministerio de Transporte de Nación y la CNRT que han implementado nuevas normativas (Resolución SGT 43/2016 y Resolución CNRT 1025/2016) que regulan las autorizaciones de viaje para menores de edad que se trasladen en el transporte interjurisdiccional de pasajeros.


El Ombudsman Provincial, José Leonardo Gialluca señalo que la nueva regulación establece que: * Menores de 6 años deberán viajar acompañados por un Representante Legal o Tercero Autorizado.* Los menores de entre 6 y 12 años, inclusive, deberán viajar acompañados por un Representante Legal, Tercero Autorizado o utilizando el servicio de Menor no Acompañado que podrán brindar las empresas.* Los que tienen entre 13 y 17 años podrán viajar acompañados o solos, contando con las autorizaciones requeridas. Siendo esencial que el vínculo filiatorio siempre sea acreditado. Ahora las autorizaciones de viaje pueden tramitarse de dos maneras: PRESENCIAL: Se podrán realizar de manera presencial en las boleterías de las empresas, completando el formulario correspondiente. PREVIA: Se podrá realizar la autorización a través de Escribanos, Justicia de Paz y otras Autoridades Administrativas y Judiciales, debiendo acompañarse siempre la siguiente documentación:-DNI del menor-DNI del representante legal-Libreta de matrimonio con nacimiento asentado o partida de nacimiento o acta de nacimiento o testimonio judicial de adopción. El vínculo podrá ser acreditado mediante el DNI del menor, siempre que éste contenga en nombre de sus representantes legales. Si viaja con un tercero, DNI de la persona responsable del menos durante el viaje y autorización correspondiente. Se debe contar con original y fotocopia de toda la documentación presentada
La Defensoria del Pueblo informo que para viajes al interior del país la autorización puede ser otorgada por uno sólo de los progenitores, a diferencia de las autorizaciones para salida de menores al exterior. Todas estas medidas se han implementado para garantizar la seguridad de los menores de edad y evitar delitos graves como el de trata de personas y otros. No obstante el Defensor del Pueblo señalo que en nuestra provincia, “existen disparidad de criterios al momento en que los padres se acercan a las oficinas del Juez de Paz de Feria o del Tribunal de Familia o de las Asesoras de Menores , toda vez que estas ultimas entienden que no hace falta ninguna autorización por escrito a favor de un menor cuando viaja el mismo con uno de los progenitores y posee la documentación de identidad en orden, puesto que el Código Civil se encuentra por encima de una simple Resolución del Ministerio de Transporte, lo cual choca con el criterio de los juzgados de paz que obligan a la mama o papa a realizar el tramite correspondiente y exigen la firma de ambos progenitores”. Ante esta situación de hecho, desde el Organismo de la Constitución se ofrece el acompañamiento como se lo viene haciendo para que nadie tenga inconvenientes al momento de viajar más en esta época del año.