Desde hace días que originarios de las etnias Pilaga y Toba pertenecientes a la Comunidad de Bartolomé de las Casas, vienen cortando totalmente el libre tránsito de la Ruta Nacional Nº 81 a la altura del km 1340, y lo hacen cuando quieren y, “tienen ganas o tiempo”.
Así lo afirmó el Defensor del Pueblo, José Leonardo Gialluca donde no más de 10 personas incursas en un delito previsto en nuestro Código Penal, terminan perjudicando a miles de personas que tienen el derecho a transitar libremente nuestro territorio. Señalo el funcionario que por ello y en nombre de la universalidad de afectados es que le hemos peticionado formalmente al Jefe de la Agrupación VI Formosa de Gendarmería Nacional , Comandante Principal Ricardo Heredia, que ordene a la Agrupación 19 de Ingeniero Juárez como también al Escuadrón 16 de Las Lomitas, a que identifiquen a los –piqueteros- y determinen las causas o motivos de la comisión de este delito, para posteriormente elevar todas las Actuaciones al Juez Federal o Fiscal Penal Federal en turno y así hacer cesar esta flagrante situación ilegal e irregular.
El Ombudsman Provincial, José Leonardo Gialluca señalo que “en los últimos tiempos no veo que se considere o tutele el derecho que tenemos los ciudadanos de transitar libremente y aquí ya no interesa si lo queremos hacer por una calle, ruta provincial, nacional o en caminos vecinales”. El primer piquete ocurrido en la Argentina se dio en Tartagal, Salta en 1997, como mecanismo de presión y luego siguieron otros, llegándose durante el gobierno del Dr. Fernando De la Rúa a padecer los ciudadanos, “un corte de ruta por día”. Por ello es que en todos estos casos concretado el delito, Institucionalmente sostenemos que las Autoridades o fuerzas de seguridad ya sean nacionales o provinciales deben intervenir inmediatamente, para posteriormente anoticiar de la medida de fuerza. “Actuar no significa resolver si hubo o no delito. Actuar significa disolver el piquete, permitir la circulación vehicular, y si es una ruta nacional e interviene la policía provincial debe dar inmediata noticia al Fiscal y al Juez Federal y viceversa si se trata de una ruta provincial en la que actúe gendarmería u otra fuerza nacional”. Nadie coincide que las fuerzas de seguridad se abstengan de actuar bajo el pretexto de considerarse incompetentes y esto debe hacerse bajo la premisa que ante todo debemos afianzar la justicia, consolidar la paz interior, promover el bienestar general y asegurar los beneficios de la libertad. El entonces Procurador General de la Nación, Esteban Righi declaró que los fiscales federales o provinciales son autónomos para decidir si impulsan una acción penal por corte de ruta. Los ciudadanos que necesitamos transitar libremente por donde tenemos derecho, pedimos ya hastiados que nuestras fuerzas de seguridad y la justicia actúen en consecuencia; y que no se constituyan en, “simples guardianes y espectadoras de delitos”.