Desde la Defensoría del Pueblo de la Provincia de Formosa, se informó a todos los usuarios y titulares de vehículos, que la Resolución 32/2026 de la Secretaría de Transporte publicada en el BO, por la cual se creó el Registro Nacional de Talleres de Inspección Técnica de Vehículos, “se encuentra actualmente bajo disputa y frenada en la Justicia Federal por una Medida Cautelar”, sin embargo, dado que en el día de la fecha se dio a conocer el Decreto 689/2026, el mismo no trata sobre la desregulación de los talleres de RTO, sino que sustituye el Anexo R del Decreto 779/1995 para modificar exclusivamente la Ley de Tránsito en materia de pesos, dimensiones máximas y escalabilidad del transporte de cargas y pasajeros, habilitando por ejemplo los bitrenes impulsados a GNC o eléctricos. El Ombudsman Provincial Dr. José Leonardo Gialluca advirtió que el origen de la confusión se dio porque varios portales de noticias publicaron erróneamente en las últimas horas que este número de decreto correspondía a la reforma de la RTO y con lo cual se podría realizar en talleres mecánicos particulares la misma. Por otra parte, añadió que Formosa al igual que la mayoría de las provincias de nuestro país, no han convalidado la Resolución que desregula el sistema de RTO, por lo que para su validez la misma únicamente se puede concretar en el único taller habilitado a la fecha que es INTERFOR S.R.L. y/o su taller móvil que recorre distintos puntos de nuestro territorio.
Por último, señaló que las principales críticas a la resolución de la Secretaría de Transporte provienen de ingenieros especialistas en seguridad vial y fallos de la propia Justicia Federal, que cuestionan: *. El conflicto de intereses «Ser juez y parte», esto es que el taller que repare el vehículo sea el mismo que otorgue la RTO, lo que origina una falta de imparcialidad. * Incentivo al fraude: Existe el riesgo de que los talleres aprueben autos defectuosos para ganar clientes, o que rechacen autos en buen estado con el único fin de venderles repuestos o cobrarles mano de obra por reparaciones innecesarias. * Pérdida de objetividad: Las plantas tradicionales de RTO tienen prohibido realizar arreglos; su único fin es el diagnóstico neutro, algo que desaparece con el nuevo esquema. *. Riesgos para la Seguridad Vial: Especialistas en accidentología advierten sobre el peligro de flexibilizar los controles estatales, toda vez que las plantas oficiales cuentan con maquinaria homologada de alta complejidad (frenómetros, alineadores al paso, detectores de holguras) que un taller mecánico promedio de barrio no posee ni puede costear. *. Falta de Federalismo y Conflicto Jurisdiccional
La medida del Gobierno Nacional desconoce las autonomías provinciales, como así también la de los municipios que conforme la Constitución Nacional poseen el poder de exclusivo de regular el tránsito y el control vehicular en sus territorios, por lo tanto, la Resolución Nacional no puede obligarlas a cambiar sus leyes locales.
