Ante la solicitud efectuada por un familiar de la joven Milagros Selva Laschi, quien como hija supérstite de la Señora Leonarda Giménez la que falleciera en esta ciudad siendo luego trasladados sus restos para la inhumación de los mismos a la Ciudad de Pirané, motivo por el cual la Casa Nº 19 de la Manzana 57 del Bº El Porvenir de esta ciudad, quedo deshabitada varios días, ocasión en la cual ingresaron Alejandra Yesica Zalazar, Santos Zalazar, Liliana Zalazar y el menor M.G, supuestamente al haber adquirido la vivienda antes mencionada a personas que la ofrecían a través de Facebook.

Desde el Organismo de la Constitución, la primera medida que se adoptó, fue recolectar la totalidad de la principal documentación existente en el Instituto Provincial de la Vivienda, respecto del inmueble en cuestión. Con la respuesta a disposición, grande fue la sorpresa ya que los Asesores Letrados de la Defensoría del Pueblo se encontraron con que esta casa ya no era más del IPV, por poseer un título registral a nombre de la Señora fallecida y madre de Milagros Selva Laschi, lo que despejó cualquier duda o suposiciones en lo que respecta a quien le correspondía la titularidad del dominio.
El Ombudsman Provincial, José Leonardo Gialluca señalo que no obstante ello, puede haber existido la posibilidad de que terceras personas aprovechándose de la buena fe de la familia Zalazar, hayan efectuado una venta fraudulenta o una estafa, todo lo cual será dilucidado por la Justicia Penal Ordinaria de la Provincia, pero lo que nadie puede discutir es que la vivienda le corresponde a la joven Milagros Selva Laschi, como legitima heredera de su madre.
En medio de la gravísima situación que se vive en dicho lugar, con personas que poseen intereses contrapuestos y que puede producirse una escalada de violencia entre las mismas con limites inimaginables, se decidió solicitar a la Justicia una medida cautelar urgente la cual tramita por ante el Juzgado de Instrucción y Correccional Nº 4, habiéndose peticionado conforme lo prevé el Código Penal en su Artículo 23 – ultima parte – ordenar las acciones necesarias y así neutralizar todo hecho o acto negativo que se pudiera producir entre las partes. Si bien esta instancia no ha sido resuelta aún, el Defensor del Pueblo señaló que con la colaboración de la Policía de la Provincia se encuentra personal designado al efecto en el lugar, para evitar hechos de violencia pues las dos partes se hallan dentro de la misma vivienda, tendremos que esperar todo este fin de semana, para que el día lunes a primera hora el Juez Penal Competente haga lugar a la presentación antes citada, y dar por concluido este confuso y peligroso episodio.