Se habilitarán vías de excepción para el otorgamiento y renovación de subsidiados para medicamentos al 100 %.

La Defensoría del Pueblo recibió una respuesta formal a la instancia realizada al PAMI, por la cual se solicitó la revisión de la medida adoptada por el servicio social que nuclea a la mayor cantidad de jubilados y pensionados del país, mediante la cual se limitará el acceso de medicamentos gratuitos a determinadas franjas de afiliados, como ser aquellos que perciben hasta un haber y medio previsional por mes; quienes posean autos de menos de diez años y las personas que estén asociadas a servicios de medicina prepaga, resultando que la determinación adoptada podría llevar a situaciones de “abandono” de aquellos beneficiarios que carecen de recurso alguno para adquirir medicamentos dada su condición socioeconómica particular, como es el caso de los que son únicos sostenes de familia; pacientes con patologías tratadas con fármacos importados, o los que simplemente no reciben la cobertura por parte de la prepaga que tienen contratada.

En éste sentido, el Director Ejecutivo Local del PAMI CPN Diego Ramón Dos Santos, comunicó formalmente a la Defensoría que los cambios de parámetros y sistemas de control entrarán en vigencia, invariablemente, el próximo 26 de enero del corriente año, no obstante lo cual la cobertura del 100 % en medicamentos especiales, que es el caso de los pacientes oncológicos, con HIV, insulinas, etc. se mantendrá. Para los demás afiliados, que a partir de la fecha indicada perderán el beneficio, se habilitarán vías de excepción para la renovación y otorgamientos de nuevos subsidios, previo control médico y social del PAMI.

Sobre este particular, la Defensora del Pueblo Adjunta, Dra. Sylvina Portillo, volvió a cargar sobre la decisión adoptada por la Dirección Ejecutiva Central del PAMI, expresando: “Entendemos que la medida no fue ordenada por la Dirección Local, lo que no podemos entender es ¿Cómo no se previó que un gran número de personas quedará virtualmente fuera del beneficio de medicamentos gratuitos, siendo que actualmente no pueden hacerse cargo de los mismos y hasta ahora los venían recibiendo sin cargo con evidente incidencia positiva en el tratamiento de sus enfermedades, haciéndose posible el tan mentado acceso a la salud que les debe garantizar el Estado Nacional, en éste caso. Entendemos que los fines de la Disposición que criticamos pueden ser loables pues, aparentemente, pretende corregir aquellos casos en los que el caudal económico del afiliado le permita afrontar por sí solo el costo de los medicamentos. Pero, con tal fundamento, no puede excluirse automáticamente a un franja de millones de beneficiarios que serán afectados. Está bien, habilitarán vías de excepción para que los mismos accedan a los medicamentos gratuitos. Es por ello que sugerimos que, desde ahora, los alcanzados por la medida, comiencen a efectuar sus presentaciones las cuales acompañaremos. Esto no deja de significar la pérdida de un Derecho Adquirido, amparado por Garantías Constitucionales por parte de quienes, por ahora, cuentan con la cobertura íntegra de sus medicamentos, por lo que no descartamos que algunos afiliados opten por acudir a la Justicia Federal. Como expresara recientemente, finalizó diciendo la funcionaria, la mentada revisión para evitar abusos podría haberse realizado de otra manera.-”