En el día de hoy se llevara a cabo en la sede de la Casa de la Artesanía, la Audiencia Pública convocada a través del Ministerio de la Producción y Ambiente, en el marco de un proceso publico y participativo, en el cual se Revisara la ley ya vigente Nº 1.552, que implemento el Programa de Ordenamiento Territorial en la Provincia. Mediante esta normativa sancionada en el año 2010, se clasificaron los bosques nativos, en el marco de un amplio  ordenamiento territorial.

Es decir las áreas de pastizales, humedales, superficies cultivadas, valores máximos de cambio de uso de suelo y adecuándonos a la Ley Nacional Nº 26.331, se incluyeron dentro de la Categoría 1 (Rojo), las que no se pueden transformar como los parques nacionales, reservas naturales, franjas de 100 metros a las márgenes de los ríos permanentes, además de la Categoría (Amarillo), como lo son por ejemplo las áreas inundables del Bañado La Estrella, Reserva de Biosfera Laguna Oca, y otras que están sujetas a restricciones y que a través de la Autoridad de Aplicación podrían cambiar de uso; por último la Categoría (Verde), con sus subcategorías según la zona y en donde con la fiscalización del Estado se pueden llevar a cabo diversos emprendimientos, siempre con un equilibrio entre la producción y la conservación del ambiente.

El Ombudsman Provincial, Dr. José Leonardo Gialluca, resalto que los Ordenamientos Territoriales son de gran importancia pues los mismos determinan el correcto uso del suelo y de las distintas actividades humanas que se pueden o no desarrollar, garantizando evitar cualquier tipo de conflictos y resguardar el equilibrio entre el cuidado al ambiente y las acciones del hombre.

En este caso en particular se establece ahora claramente que, en el establecimiento de la Estancia La Fidelidad, se incorporan cerca de 50 mil hectáreas a la Categoría 1 (rojo) y 40 mil hectáreas a la Categoría 2 (amarillo); así quedan protegidos todos los bosques del predio que forman parte del corredor asociado al Rio Teuco (Bermejo), como la mayoría de los quebrachales y algarrobales. En este mismo sentido para los Departamentos Laishi, Formosa y Pilcomayo se establece que para los bosques altos, el porcentaje de transformación no puede superar el 30%, en tanto que los bosques de albardón, en los departamentos antes citados, se incluyen dentro de la Categoría 1 (rojo).