Existe un procedimiento para realizar una denuncia penal en forma correcta por ante las Autoridades Competentes-
Desde la Defensoría del Pueblo en contadas ocasiones somos testigos o tenemos conocimiento de algún hecho sobre maltrato animal y no sabemos cómo actuar. Es por ello que informamos Institucionalmente el procedimiento para realizar una denuncia en forma correcta.
El Ombudsman Provincial, Dr. José Leonardo Gialluca, señalo que ninguna Organización y/o Entidad Protectora de Animales tiene la facultad de recibir denuncias, por ello que detallamos los pasos correctos a seguir en casos de malos tratos y violación de la Ley 14.346 (Protección de los Animales).
Desde el Organismo de la Constitución, se resaltó que el maltrato es un delito penado por el Código Penal y puede ser denunciado por cualquier persona mayor de 18 años, acreditando su identidad mediante Documento Nacional, Libreta de Enrolamiento o Cívica. El trámite para realizar una denuncia es gratuito y es un derecho cívico. Las denuncias son personales, debe efectuarla la persona que presenció el acto o que tiene información sobre el hecho delictivo. Si es extranjero y no posee DNI, por medio de su Cédula de Identidad. La denuncia puede realizarse por escrito o en forma oral, en este caso el Oficial o Funcionario Público que la reciba, deberá entregarle al denunciante una copia de la denuncia formulada.
Los lugares donde pueden efectuarse las denuncias, en nuestra Provincia son: las distintas dependencias de la Policía Provincial, Fiscalías y Jueces Penales de Turno de nuestra justicia ordinaria.
Es obligación del Funcionario Público y de la Justicia, tomar la denuncia: LA LEY 14.346 PROTECCIÓN DE LOS ANIMALES es una Ley Penal así como también es obligación del ciudadano denunciar cualquier hecho que viole una ley. Se sugirió desde la Defensoría del Pueblo, no realizar una simple Exposición Civil, ya que lo que se debe interponer es una Denuncia de naturaleza Penal. Es importante describir los hechos, el lugar y tiempo en el que ocurren o han ocurrido y, si se lo conoce, el nombre, apodo, señas, y/o domicilio del responsable de dicho hecho y cualquier otro dato que se considere importante, como así también tomar fotografías o filmar, estos elementos pueden facilitar la investigación.
En lo que respecta a la tracción a sangre se encuentra prohibida y en nuestro medio el Municipio de la Ciudad de Formosa esta adherido actualmente a la Ley Nacional y por ello se debe trabajar para ir gradualmente, eliminando el caso de los carreros que utilizan animales para trabajos, sustituyendo a los mismos por otros equipos que no sean animales, por lo menos dentro del ámbito urbano, ya que en el rural, las personas que utilizan animales , especialmente equinos, no los, “ utilizan como elemento descartables y les dan los cuidados y el trato que se merecen los seres vivos”.
En este contexto, desde la Defensoría del Pueblo se declaro de Interés Institucional mediante Resolución Nº 290/16, la Conferencia sobre Derecho Animal y en la cual disertara la Secretaria General, Dra. Mariela Cáceres del Organismo de la Constitución, invitándose a todos los ciudadanos e interesados para el próximo sábado 29 de octubre a las 20:00 horas en la sede del ICA, en Av. 25 de Mayo y San Martin donde se abordara un profundo análisis y critica de la Ley 14.346 de Protección Integral y Derecho Animal.