Se recepcionaron por ante la Defensoría del Pueblo, nuevos reclamos de ciudadanos de nuestra ciudad, que peticionaron se gestione y accione las medidas necesarias que garanticen la seguridad de las lanchas que realizan los tours de compras hacia Alberdi y la de los diferentes paseos turísticos.

En este sentido el actual Jefe de la Prefectura de Formosa, Prefecto Principal Antonio Raúl Pascal, le informo al Ombudsman Provincial mediante la Nota Nº 155/16 que en el Puerto de Formosa se hallan habilitadas en el servicio de transporte de pasajeros, un total de 11 embarcaciones Argentinas de las cuales a la fecha se encuentran operando 5; siendo las autoridades competentes para su debida habilitación, la Dirección Nacional de Transporte Fluvial y Marítimo y la Prefectura Naval Argentina.

El Defensor del Pueblo, Dr. José Leonardo Gialluca, destaco que en lo que hace a la seguridad de las unidades Argentinas, estas cuentan con el Certificado Nacional de Seguridad de la Navegacion con una vigencia máxima acorde al tipo y servicio de las embarcaciones, y que para el caso de las que operan en el Puerto de Formosa no exceden los 6 años, el cual es otorgado por la Prefectura Naval Argentina, luego que las mismas aprueben las inspecciones de casco, maquinas, electricidad, armamento y radio de corresponder por técnicos especializados habilitados por esa Institución. Durante la vigencia del mismo, la Prefectura certificara mediante inspecciones anuales, intermedias  y/o complementarias el mantenimiento de las condiciones de seguridad.

Agrego el Prefecto Principal Antonio Raúl Pascal que las embarcaciones que no reúnan las condiciones de seguridad, ya sea por incumplimiento de las inspecciones intermedias o por vencimiento de los certificados estatutarios de seguridad, no pueden continuar operando. Por otra parte dentro de las facultades exclusivas de la Prefectura se halla la de registrar y habilitar al personal navegante de los buques de la Matricula Nacional, en consecuencia toda persona que cumpla funciones a bordo de las unidades que nos ocupan cuentan sin excepción con el documento de embarco correspondiente.

Por último agrego que estos servicios, son regulados por el Convenio Sobre Transporte Fluvial Transversal Fronterizo de Pasajeros, Vehículos y Cargas, entre el Gobierno de la Argentina y del Paraguay, por lo tanto las unidades de cada parte se rigen por su propia legislación y trasportan las personas desde sus respectivos puertos, no pudiendo hacerlo de regreso.