Conforme lo solicitado por la Defensoría del Pueblo de la Provincia, el Juzgado Federal de Formosa Nº2 mediante Oficio 1.556/16, ordenó al Cmte. Ppal. Antonio Leguizamón, Jefe del Escuadrón XVI de Gendarmería Nacional, con asiento en Clorinda, que arbitre los medios necesarios para garantizar la normal circulación de los vehículos que transitan por la RN Nº 86, a la altura de los cortes que actualmente se registran en las localidades de Misión Tacaaglé y Loro Cué. Las directivas de la Justicia Federal  son las de asegurar la continuidad del tránsito de todos los medios de transporte, sea vehículos particulares o de servicios públicos que se encuentren demorados, retenidos o estacionados como consecuencia de los “piquetes”.

En todos los casos, subraya el instrumento judicial, se deberá velar por la seguridad de los manifestantes y de las personas que quieran hacer uso de la ruta, comunicándose al magistrado actuante, Juez Federal Juan Carlos VALLEJOS, respecto de las novedades que surjan en el marco de la ejecución del mandato recibido. El Oficio referenciado conlleva la instrucción de individualizar a quien o quienes interrumpen el tránsito sobre una vía pública, a los fines de cumplimentar con los recaudos previstos por el Art. 184, del Código de Procedimiento Penal y así determinar a los presuntos infractores al Art. 194º del Código Penal Argentino; en la causa caratulada: “IMPUTADO: CATAACHI, DOMINGO Y OTROS s/ ENTORPECIMIENTO DE SERVICIOS PUBLICOS (ART 194)”, Expediente Nº 4959/ 16 a cargo de la Secretaria Penal de la Dra. María Belén LÓPEZ MACE

Sobre este particular, el Dr. José Leonardo Gialluca, Defensor del Pueblo de la Provincia, remarcó que los denunciados, están interrumpiendo el tránsito sobre la RN 86, en dos puntos, perjudicando a decenas de miles de familias que dependen de la transitabilidad sobre tan importante ruta de la zona norte de la Provincia, los que se ven privados de realizar normalmente sus actividades cotidianas, lo cual, de por sí configura el delito previsto por el Art. 194 del Código Penal. A lo que debemos sumar que quienes están ejecutando los hechos “no tienen derecho a recibir el subsidio por la emergencia algodonera y es por ello que no han sido beneficiados con el mismo” Esperamos que en las próximas horas se restablezca la transitabilidad total de la RN Nº 86 y que no sea necesario el uso de la Fuerza Pública para desalojar su calzada y así hacer cumplir con lo que la Constitución y las Leyes establecen en cuanto a que el Estado debe asegurar el libre tránsito por toda vía pública, porque tal potestad es uno de los pilares fundamentales de la vida en libertad que tenemos como miembros de una sociedad organizada.-