La Defensoría del Pueblo de la Provincia pidió a algunas Delegaciones del Correo Argentino que se encuentran en nuestro interior provincial, y que injustificadamente se niegan a pagar a los beneficiarios Pensiones que han sido otorgadas dentro del marco de la Ley, a que cumplan con su obligación ya que en algunos casos se les solicita algunos Poderes o documentaciones que no son necesarios puesto que las mismas son personas totalmente hábiles a los efectos legales.
Uno de los casos que atendió el Organismo de la Constitución es de la Localidad de Villa Dos Trece, donde una persona mayor de edad, acompañada por su madre y que padece un tipo de “enanismo”, que tiene depositada la suma de $10.920,16, a la cual no puede acceder, sin conocerse los motivos y ello podría generar que ese dinero sea devuelto y tener que realizar Institucionalmente toda una serie de gestiones para que se lo restituyan.
En todos los casos estamos hablando de personas que asisten a la Delegación del Correo, en nuestro interior provincial ,a las 03:00 hs de la mañana, pues provienen de Colonias vecinas y en la mayoría de los casos, no son tratadas dignamente, pues uno de los graves problemas que siguen existiendo a pesar de las denuncias que hemos realizado, es que en estos lugares, luego de atenderse a unas 20 o 30 personas, ya se quedan sin dinero y los beneficiarios de las pensiones deben esperar, sin tener un lugar adecuado para ello.
El Ombudsman Provincial, Dr. José Leonardo Gialluca manifestó que durante mucho tiempo, las pensiones no contributivas estaban limitadas a unos pocos y solamente era posible recibir una, en caso de que se produjera una baja en el sistema previsional. A partir del año 2003 en adelante, todo ello se modifico y las personas que cumplen con determinados requisitos, ya pueden tener su beneficio. Son el caso de aquellas que no tienen un amparo previsional, o no poseen bienes, ingresos ni recursos que permitan su subsistencia, o no tienen parientes obligados legalmente a proporcionarles alimentos, o que teniéndolos, se encuentran impedidos para hacerlo. En el caso de las pensiones a la vejez se otorgan a personas mayores de 70 años y las destinadas a madres que tengan de siete o más hijos biológicos o adoptivos, existen otros casos que se han ido ampliando con el tiempo, para garantizar que todas las personas accedan a las condiciones básicas indispensables para poder sostenerse y llevar una vida digna.