-Desde el Organismo de la Constitución, se ofreció a los adultos mayores, informarse sobre el Subsidio Social que otorga el PAMI y que ha sido readecuado, para que de este modo, los beneficiarios que no puedan afrontar los costos de los medicamentos, puedan tramitar el mismo-

Desde la -Dirección de Salud y Medicamentos- de la Defensoría del Pueblo de la Provincia de Formosa, se solicitó formalmente al Director Ejecutivo del PAMI, Esteban Leguizamo, “deje sin efecto la reducción en la cobertura de medicamentos en favor de la integridad psicofísica y la vida de los afiliados a dicha obra social”. En la presentación, se rechazaron los argumentos expuestos por el Funcionario Nacional en cuanto a que esta decisión forma parte de una “adecuación de prioridades” destinada a optimizar los recursos del PAMI.

En este sentido, el Ombudsman Provincial, Dr. José Leonardo Gialluca, denunció que, se están dejando a los afiliados sin medicación, en un contexto económico y social muy grave para el país, “y que la adecuación de las prioridades del PAMI, debe pasar siempre, por continuar brindando las coberturas necesarias y las del 100% para el tratamiento de enfermedades crónicas”, entre los que se encuentran los indispensables para la presión arterial, medicamentos cruciales, como antibióticos, corticoides, antiparasitarios, antipsicóticos y tratamientos para el dolor.

Asimismo, se informó que a partir de septiembre del corriente año, los jubilados afiliados al PAMI, deberán cumplir con una serie de requisitos específicos para seguir accediendo a los medicamentos gratuitos, permitiendo mantener sus tratamientos médicos esenciales como los cardiovasculares, oncológicos y otros.

Las modificaciones que se introdujeron rigen especialmente para aquellos que necesitan el subsidio social por encontrarse en situación de vulnerabilidad económica y por ello, es fundamental estar al tanto de las nuevas condiciones impuestas desde el Estado Nacional para evitar perder estos beneficios. Los antes citados son los siguientes: * Ingresos netos: Deben tener ingresos menores a 1,5 haberes previsionales mínimos. Si en el hogar hay alguien con Certificado Único de Discapacidad, los ingresos no pueden superar los tres haberes previsionales mínimos. * Afiliación a otros sistemas: No se puede estar afiliado a una medicina prepaga al mismo tiempo que a PAMI. * Propiedades y bienes: No se debe tener más de un inmueble, ni aeronaves o embarcaciones de lujo. Además, no se puede tener un vehículo con menos de 15 años de antigüedad, salvo si hay un conviviente con Certificado Único de Discapacidad, en cuyo caso se permite un solo vehículo con menos de 15 años. * Activos societarios: No se debe tener activos societarios que muestren capacidad económica completa.