-Desde la Defensoría del Pueblo se celebró el Día Internacional de la Eliminación de la Violencia Contra la Mujer-
El Ombudsman Provincial, Dr. José Leonardo Gialluca, recordó que, en 1981 en Bogotá, Colombia, el Primer Encuentro Feminista Latinoamericano y del Caribe se decidió que, el 25 de noviembre sea el Día Internacional de No Violencia contra las Mujeres. La fecha fue elegida para recordar el feminicidio, en el año 1960, de las hermanas Mirabal “Las mariposas”, a manos de la dictadura de Leónidas Trujillo en República Dominicana. Más de una década después, en 1993, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó la Declaración sobre la Eliminación de la Violencia contra la Mujer. Ahí se definió que la violencia hacia la mujer era “todo acto de violencia basado en el género que tiene como resultado posible o real un daño físico, sexual o psicológico, incluidas las amenazas, la coerción o la prohibición arbitraria de la libertad, ya sea que ocurra en la vida pública o en la vida privada”. En la actualidad, más de 5 mujeres o niñas son asesinadas cada hora por alguien de su familia. Una de cada tres mujeres sufre violencia sexual o física al menos una vez a lo largo de sus vidas. El 86% de mujeres y niñas viven en países sin sistemas de protección legal contra la violencia de género. Aunque todas las mujeres en el mundo, pueden sufrir violencia de género, algunas mujeres y niñas son particularmente vulnerables, ejemplo de ellas son las niñas y las mujeres más mayores, las mujeres que se identifican como lesbianas, bisexuales, transgénero o intersex, las migrantes y refugiadas, las de pueblos indígenas o minorías étnicas, o mujeres y niñas que viven con el VIH y discapacidades, y aquellas en crisis humanitarias. Los efectos psicológicos adversos de la violencia contra las mujeres y niñas, al igual que las consecuencias negativas para su salud sexual y reproductiva, pueden originarse en toda etapa de sus vidas. El artículo 4 de la Ley 26.485 de Protección Integral a las Mujeres define los tipos y modalidades de violencias: Violencia Física: La que se emplea contra el cuerpo de la mujer produciendo dolor, daño o riesgo de producirlo y cualquier otra forma de maltrato agresión que afecte su integridad física. Violencia Psicológica: La que causa daño emocional y disminución de la autoestima o perjudica y perturba el pleno desarrollo personal o que busca degradar o controlar sus acciones, comportamientos, creencias y decisiones, mediante amenaza, acoso, hostigamiento, restricción, humillación, deshonra, descrédito, manipulación aislamiento. Incluye también la culpabilización, vigilancia constante, exigencia de obediencia sumisión, coerción verbal, persecución, insulto, indiferencia, abandono, celos excesivos, chantaje, ridiculización, explotación y limitación del derecho de circulación o cualquier otro medio que cause perjuicio a su salud psicológica y a la autodeterminación. Violencia Sexual: Cualquier acción que implique la vulneración en todas sus formas, con o sin acceso genital, del derecho de la mujer de decidir voluntariamente acerca de su vida sexual o reproductiva a través de amenazas, coerción, uso de la fuerza o intimidación, incluyendo la violación dentro del matrimonio o de otras relaciones vinculares o de parentesco, exista o no convivencia, así como la prostitución forzada, explotación, esclavitud, acoso, abuso sexual y trata de mujeres. Violencia Económica y Patrimonial: La que se dirige a ocasionar un menoscabo en los recursos económicos o patrimoniales de la mujer, a través de: a) La perturbación de la posesión, tenencia o propiedad de sus bienes; b) La pérdida, sustracción, destrucción, retención o distracción indebida de objetos, instrumentos de trabajo, documentos personales, bienes, valores y derechos patrimoniales; c) La limitación de los recursos económicos destinados a satisfacer sus necesidades o privación de los medios indispensables para vivir una vida digna; d) La limitación o control de sus ingresos, así como la percepción de un salario menor por igual tarea, dentro de un mismo lugar de trabajo. Violencia Simbólica: La que, a través de patrones estereotipados, mensajes, valores, íconos o signos transmita y reproduzca dominación, desigualdad y discriminación en las relaciones sociales, naturalizando la subordinación de la mujer en la sociedad. Cada 25 de noviembre en nuestro país, se visibiliza la problemática y se pone en agenda el trabajo que se necesita para su erradicación. En la Defensoría del Pueblo de la Provincia de Formosa, funciona el Observatorio de Violencia de Género, desde donde se brinda asesoramiento y contención a las mujeres que denuncien situaciones de violencia, derivación a los organismos especializados en el tema, seguimiento y control del mismo. Así también, lleva adelante acciones e investigaciones en pos de lograr que la Igualdad de Género sea cada vez mayor. Para consultas, el Organismo sito en la calle Padre Patiño N° 831 , funciona de lunes a viernes de 8 a 12hs, o bien comunicarse a los teléfonos: 370 4436379 – 370 4436320 y/o vía correo electrónico depuefor@fibertel.com.ar – denuncia@formosa.gov.ar.