-Gialluca señaló que, existe una creencia en el imaginario colectivo de que las bicicletas y los motovehículos poseen “un derecho supremo de paso por sobre el resto de los vehículos que circulan en la vía pública y ello lleva a diarios accidentes de tránsito, por lo que, el privilegio del vehículo menor no existe y todos en la vía pública tienen los mismos derechos y obligaciones”-

La problemática del tránsito vehicular en nuestra ciudad continúa siendo motivo de permanentes siniestros viales, producidos por múltiples causas, en las que sobresalen el crecimiento del parque automotor, incluyendo motovehículos y bicicletas que utilizan las calles y avenidas dentro del ejido urbano. Es por todos conocido la obligatoriedad que tienen que acatar los vehículos que circulan por las calles de la ciudad a partir de las normativas vigentes en materia de tránsito comprendidas por normas de jurisdicción nacional, provinciales y municipales. El Defensor del Pueblo, Dr. José Leonardo Gialluca, advirtió que desde hace un tiempo a esta parte, se ha instalado en el imaginario colectivo el hecho de que ante un accidente de tránsito prima el derecho de respetar al vehículo de menor porte -conocido comúnmente como el ‘privilegio de vehículo menor’- por el cual esa misma creencia establecería un derecho supremo de paso para bicicletas en primer término y luego por las motocicletas por sobre el resto de aquellos que circulan en la vía pública. Lo cierto es que esto no es así ya que la legislación es bien clara al respecto en cuanto a que todos los vehículos que circulen en la vía pública tienen las mismas obligaciones de respetar la normativa vigente en materia de tránsito. Las prioridades (en materia de circulación vehicular) corresponde tanto para las bicicletas, motovehículos y automóviles a quienes les cabe a todos por igual los derechos y obligaciones en materia de derechos de paso. Otro elemento a tener en cuenta en el tránsito vehicular de nuestra ciudad apunta a que desde la incorporación del sistema de bicisendas a la geografía de las calles, en esos senderos se impone una prioridad exclusiva para las bicicletas por sobre el resto de los vehículos, teniendo en cuenta el doble sentido de circulación que existe en el mismo. Resaltó también que en el caso de que exista un accidente protagonizado por un motovehículo y un automóvil donde el primero de ellos tenga responsabilidad en el hecho «el propietario de la moto se deberá hacer cargo de los daños causados al vehículo del tercero interviniente en el caso de que este último haya tenido prioridad de paso» en la intersección donde se produjo el siniestro. De esta manera se impone recordar la obligatoriedad que tiene todo motociclista de contar con una cobertura de seguro para su motocicleta con la cual podría responder ante cualquier siniestro vial del cual tenga responsabilidad. De ninguna manera conducir una moto implica contar con una carta de impunidad al momento de producirse un siniestro con un vehículo de mayor porte. Las motos, al igual que el resto de los vehículos, tienen que respetar por igual la legislación en materia de tránsito. Es por ello que, para nuestra legislación de tránsito, las bicicletas también son consideradas un vehículo. En el caso de nuestra ciudad, al contar con un tendido de bicisendas que se está extendiendo por toda la ciudad, los ciclistas tienen mayores ventajas en lo que respecta a su protección. No obstante, y al igual que ocurre con los motociclistas o los conductores de automóviles, tienen las mismas obligaciones en cuanto a tener que respetar la legislación vigente en materia de tránsito. Si bien no existe por el momento un seguro de responsabilidad contra terceros que puedan contratar los ciclistas, solo se pueden encontrar seguros que cubren el robo de las bicicletas, sobre todo para cubrir aquellas que tengan un costo elevado, en la actualidad, para circular en bicicleta solo se exige idoneidad. No se exige carné ni nada parecido. No obstante, si alguien circula con la bicicleta y ocasiona la rotura de un espejo en un vehículo, su conductor debe hacerse responsable del daño porque tiene que ver con el principio general de la reparación de los daños que provocó. La bicisenda o ciclovía los protege a los ciclistas por sobre el resto de los vehículos, siempre y cuando circulen dentro del espacio de delimitación porque en caso de que circulen fuera de la ciclovía, pierden todas las prioridades.