Esto surge de la norma Nº 27.023 que establece en su artículo 1° que «todos los medios de transporte público de pasajeros, de origen nacional, que presten servicios por cualquier título dentro de la jurisdicción del Estado nacional y también fuera del mismo, están obligados a disponer en sus unidades de transporte de un espacio visible y destacado en el que deberá inscribirse la leyenda ‘Las Islas Malvinas son argentinas'».

Dispone también que la «tipografía» y el «formato» será determinado por «la reglamentación oportunamente».

La ley ordena en su artículo 2 que la inscripción «será de aplicación al transporte público de pasajeros que se desplaza por calles, avenidas, rutas, autovías, autopistas, al realizado por ferrocarril, al transporte fluvial, lacustre, marítimo y aéreo».

Todas las estaciones de llegada, partida o escala del medio de transporte del que se trate deberán también disponer de un espacio visible y destacado a efectos de inscribir la misma leyenda del artículo primero y según el formato y en la forma que establezca la reglamentación», estableció el artículo 3 de la norma, sancionada el 19 de noviembre en la Cámara de Diputados a partir de un proyecto de la senadora Teresita Luna (FpV).

El artículo 4 dispuso que «será Autoridad de Aplicación de la presente ley el Poder Ejecutivo nacional a través de la Secretaría de Transporte, dependiente del Ministerio del Interior y Transporte de la Nación».

Desde la Defensoría del Pueblo se resalto este tipo de iniciativas, pues es necesario que exista cada día que pasa una fuerte fuerza que haga que todo los argentinos, recordemos que las Malvinas son Argentinas, durante los 365 dias del año hasta que por las vías diplomáticas pertinentes, esa parte de nuestro territorio, se integre definitivamente a nuestro país.