Se informó el funcionamiento actual de los Precios Máximos de Referencia para Formosa en relación a alimentos y productos de higiene.


En horas de la mañana y en la sede de la Defensoría de la Provincia se llevó a cabo una Reunión de Trabajo, de la cual participo el Presidente de la CAPyMEF-CAME, Fabian Hrynewicz quien traslado las inquietudes y pedidos de propietarios y referentes de diferentes actividades económicas de medianas y pequeños comercios, que se ven gravemente afectados por el aislamiento social preventivo obligatorio impuesto desde el Gobierno Nacional, dado que la mayoría de los citados no se encuentran incluidos en ninguna de las excepciones fijadas en un primer momento, como tampoco, en las oportunidades en que se prorrogo esta medida de emergencia sanitaria. Así, hizo referencia a los siguientes RUBROS: VENTA DE ROPAS, CALZADOS, LENCERÍA, LIBRERÍAS Y JUGUETERÍAS (quienes demandan el mismo tratamiento que reciben las cadenas de supermercados que también comercializan sus productos); PELUQUERIAS, CENTROS DE ESTETICA Y MASAJE (con medidas de control sanitarias y mediante turnos), COTILLON, REGALERIA, IMPRENTAS, LABORATORIO FOTOGRAFICO, MUEBLES, DECORACION Y BAZAR, VENTA Y REPARACION DE CELULARES (mínimamente permitir que trabajen mediante delivery). En el caso de CLUBES, GIMNASIOS, los cuales no pudieron, ni podrán comenzar a trabajar dado el tipo de actividad, peticionan subsidios y/o prorrogas sin recargos por mora, para pago de alquileres, sueldos, servicios de agua potable y energía eléctricas, etc. Agregándose las ÓPTICAS y ORTOPEDIAS, que se relacionan con temas de salud de gran parte de nuestra población. El Ombudsman Provincial Dr. José Leonardo Gialluca, señalo que plantearemos los requerimientos a las Autoridades Provinciales competentes, de manera que se evalué caso por caso y seguramente, existirá una respuesta siempre dentro de las limitaciones existentes. Asimismo Gialluca informo que Paula Español, Secretaria de Comercio Interior, dependiente del Ministerio de Desarrollo Productivo de Nación, informo a este Organismo de la Constitución, cuales son las obligaciones básicas que deben cumplir los comerciantes de productos alimenticios y de limpieza que están incluidos en la Lista de Precios Máximos de Referencia para la Provincia de Formosa, creada por Resolución N° 100/2020 de esa Secretaria y publicada en la página web http://preciosmaximos.argentina.gob.ar. Por ello es preciso aclarar que la lista de Precios Máximos de Referencia solo exterioriza lo más caro que pueden cobrar los comercios alcanzados por la norma, siempre y cuando, esos productos ya tuvieran esos valores al 06/03/2020. Para que la ciudadanía y los organismos de control puedan acceder a los precios que cobraban los comercios el 06/03/2020, los supermercados deben exhibir la lista de precios a esa fecha (06/03/2020); y esta es una obligación impuesta por la Res. 102/2020 de la Secretaria de Comercio Interior, cuya observancia es imperativa. Ahora, veamos la aplicación de estas normas en los diferentes supuestos que pueden darse y mediante un cuadro ejemplificativo: Si los precios que cobraban los comercios de cada provincia al 06/03/2020 eran inferiores a los detallados en la lista de Precios Máximos de Referencia, cada comercio debe retrotraer sus precios a los fijados en la fecha en cuestión, esto es, al 06/03/2020. En sentido contrario, si los precios que cobraban los comercios de cada provincia al 06/03/2020 eran superiores o idénticos a los detallados en la lista de Precios Máximos de Referencia, cada comercio debe adecuar los mismos a los de la lista.