Desde la Defensoría del Pueblo de la Provincia de Formosa, se afirmó que la reducción del 0% de la alícuota del IVA aplicado a 13 productos alimentarios básicos, (Pan, Leche, Azúcar, Aceite girasol, maíz y mezcla, Pastas secas, Arroz, Harinas de trigo, Polenta, Rebozador y Pan rallado, Yerba mate, Mate cocido y té, Conservas de frutas, Hortalizas y Legumbres, Yogur y Huevos), que luego se extienden a sus subproductos, con lo que su cantidad aumenta exponencialmente en número y desde que ha sido implementado el mismo, esto es a partir del dictado del Decreto Nº 567/19 publicado el 16 de agosto del corriente año por el Gobierno Nacional y que tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre, únicamente viene beneficiando a los hogares y familias de ingresos medios y de mayores ingresos, pero no a los hogares más pobres y obviamente de menores entradas.
El Ombudsman Provincial Dr. José Leonardo Gialluca, señaló que la medida entre los consumidores tuvo una buena aceptación al principio de la misma, ya que se valoró la intensión de aliviar la fuerte alza que tenían y continúan teniendo en la actualidad los principales alimentos de la Canasta Básica Alimentaria, pero si tomamos la información proveniente de la -Encuesta Nacional de los Hogares del Indec-, podemos observar que el 30% de los hogares de menores ingresos (pobres) asigna el 47% de sus ingresos a alimentos, pero compra sólo el 26% de todos los alimentos que se venden en el país. El 40% de los hogares de ingresos medios asigna 30% de sus ingresos a alimentos y consume el 38% de los mismos y el 30% de hogares de mayores ingresos asigna sólo el 20% de sus ingresos a alimentos, pero consume el 36% del total de estos que se consumen. El punto central que pudo determinar la -Dirección de Consumidores y Usuarios- del Organismo de la Constitución Provincial, es que los sectores medios y de altos ingresos compran las mercaderías en supermercados o hipermercados donde se viene cumpliendo con la aplicación de esta medida de reducción al 0% de la alícuota del IVA; entre tanto las familias pobres, los desocupados, adquieren sus alimentos en almacenes barriales, comercios minoristas que son todos monotributistas y que no están obligados a la quita del IVA en los productos de la canasta alimentaria. Así tenemos, que los almacenes de barrios y de nuestro interior provincial compran las mercaderías a los mayoristas con el IVA incluido en el precio, el cual no está discriminado y por ser monotributistas no devengan IVA y en consecuencia los consumidores, esto es sus clientes, no se ven beneficiados por la medida dictada por el Gobierno Nacional. En este relevamiento efectuado por la Defensoría del Pueblo, se pudo determinar que en los comercios barriales un poco más organizados, ya son Responsables Inscriptos ante la AFIP y por lo tanto, conforme al Decreto 567/19, deberían eliminar el IVA de los productos antes citados, pero la mayoría no lo hace porque no están recibiendo un asesoramiento correcto y los mismos manifiestan que ellos compran a los mayoristas o a sus proveedores con IVA y que no pueden sacar el mismo pues perderían rentabilidad y no lograrían reponer los productos que necesitan.
Por otro lado, también se pudo observar que luego de la eliminación del IVA para determinados alimentos, como consecuencia de la suba del dólar, se produjeron, “nuevos incrementos en los lácteos y otros productos con lo cual la inflación ya ha licuado totalmente cualquier beneficio económico a favor de los consumidores que se pensaba obtener mediante el Decreto 567/19”. Ante este panorama, el Defensor del Pueblo afirmó que, pedirán al actual Ministro de Producción y Trabajo de la Nación, Dante Sica que ponga en funcionamiento un Instrumento más eficiente y justo a través de la devolución del IVA a las familias más pobres cuando las mismas pagan con Tarjetas de Débito. Hasta el año pasado, se devolvía parte del IVA a los jubilados con haberes mínimos, beneficiarios de la AUH – SUAF, del Plan Progresar y el Servicio Doméstico y por ello, ante la profunda crisis económica se hace imperioso ampliar el padrón de beneficiarios procurando llegar a las familias más vulnerables y extender la eximición del IVA a todos los alimentos, no solamente acotado a la lista que dispuso el Gobierno Nacional, pero en este caso apelando a estos Instrumentos que por otra parte, no afectaría a los ingresos coparticipables de los Gobiernos Provinciales, evitando así un conflicto que ha llegado a la propia CSJN.