En el día de ayer, la Defensoría del Pueblo, a través de su Secretaria General Dra. Mariela Cáceres, participó en la reunión llevada a cabo en la Comisión de Legislación, Interpretación y Biblioteca del Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Formosa, en el marco del estudio y tratamiento de los proyectos de ordenanzas presentados por ambas bancadas, sobre pirotecnia.
Uno que promueve la prohibición total de estos productos “pirotecnia cero” y otro que lo regula prohibiendo -a grandes rasgos- los conocidos como artificios de alto poder capaces de producir daño en la salud o vida de las personas. De dicha reunión, participaron el Director de Relaciones Institucionales de la Cámara Argentina de Empresas de Fuegos Artificiales (CAEFA), Ezequiel Asquinasi y comerciantes del rubro de la Ciudad de Formosa. El Representante de CAEFA informó sobre cuestiones vinculadas a la industria de los fuegos artificiales, la seguridad de los productos, los puestos de trabajo y las relaciones con otros Cuerpos Deliberativos del país, asociaciones proteccionistas de animales y padres de personas con TEA, haciendo explicita además la postura de la entidad, contraria, a la prohibición total de la pirotecnia, sacando a relucir los antecedentes jurisprudenciales en el resto del país. En dicha oportunidad, los Ediles de la Ciudad de Formosa, tuvieron la posibilidad de hacer preguntas en torno al desarrollo de la actividad en nuestra provincia, la magnitud del rubro, las fechas que se autorizan para la comercialización en esta ciudad capital, los porcentajes de producción entre pirotecnia de bajo y alto impacto sonoro, entre otras cuestiones que son relevantes al momento de definir el camino a seguir con esta demanda social instalada ya en nuestra Comunidad. Sin perjuicio de la información y opinión aportada por CAEFA, los Concejales fueron enfáticos al dejar aclarado que el “Cuerpo Deliberativo es soberano en las normas que sanciona, teniendo como único norte los intereses y derechos de los formoseños, como asimismo que éste es también y principalmente un tema de salud pública y protección de los sectores más vulnerables al impacto de los estruendos”. Asimismo, habiendo aclarado el representante de CAEFA que no existe pirotecnia sin efectos audibles, pudiendo considerarlas en consecuencia, como de mayor o menor impacto sonoro, el Organismo de la Constitución, ratificó su postura de que la pirotecnia clasificada como A-11 (cf. Dec. 302/83 P.E.N.) y los artificios pirotécnicos de gran festejo, pertenecientes a la categoría a) de afectos visuales (Ordenanza Municipal Nº 333/78) o la categoría que según la reglamentación vigente en la materia produzca únicamente efectos visuales y/o con mínimo impacto sonoro, sean los únicos autorizados para el almacenamiento, depósito, comercialización y manipulación en todo el territorio del ejido municipal de la ciudad de Formosa, es decir, la propuesta contenida en el Proyecto de Ordenanza presentada en el año 2016 por la Defensoría del Pueblo y que, “implica una solución no solamente para las Asociaciones de Familiares con TEA, Fundación y Protección de Defensa de los Animales entre otras, sino que al mismo tiempo, no se perjudica ni a quienes producen y/o comercializan pirotecnia con efectos visuales o con bajo impacto sonoro”. El Ombudsman Provincial Dr. José Leonardo Gialluca, fue tajante al afirmar que, “no vamos a permitir que las empresas se impongan o amenacen con acciones judiciales a quienes buscamos resguardar la salud pública y seguridad de nuestra Comunidad, porque no todo siempre es dinero y los Representantes de CAEFA, también tienen que saber que existe algo que se llama Responsabilidad Social Empresarial y que aquí en Formosa así como defendemos a las franjas sociales más vulnerables en esta temática, también hacemos lo mismo con los puestos de trabajo de este rubro, pero nunca aceptaremos que no se nos permita dictar una Ordenanza que constituya una justa composición de intereses de todas las partes involucradas desde hace años en esta cuestión.”