Desde la Defensoría del Pueblo, su Dirección de Defensa de los Usuarios y Consumidores, comunicó que en la tarde de este jueves se notificó a la Seccional Formosa de la Unión Tranviarios Automotor (UTA) de lo resuelto por la Jueza en lo Civil y Comercial por Ferial Judicial, Dra. Graciela Patricia Lugo en cuanto a la responsabilidad que le cabe a la filial del gremio debido a la negativa a prestar la obligación que surge de la Ordenanza Municipal Nº 2143/89 “Reglamento para el Servicio de Transporte Urbano de Pasajeros de la Ciudad de Formosa”, Inc. p) del Art. 38, el cual estatuye que, en caso de paros o huelgas del personal, sea nacional, provincial o local, los concesionarios y los respectivos gremios, tienen la obligación de mantener un Servicio de Emergencia asegurando una regularidad entre una unidad y otra en todo el territorio de las líneas afectadas.

En tal sentido, desde el Organismo de la Constitución se informó que mediante el Fallo Interlocutorio 536/19 se hizo a lugar a la petición formulada de manera conjunta con la Municipalidad de la Ciudad de Formosa imponiéndose a la Unión Tranviarios Automotor Seccional Formosa una multa de $ 4.252 por hora, desde el momento de la notificación hasta que acredite el cumplimiento de la medida anteriormente dispuesta en el sentido de que “el referido servicio de emergencia debe ser prestado a pesar del paro que llevan adelante los trabajadores”. De no acatar lo resuelto por su señoría, en el término de veinticuatro horas de notificado, la sanción será elevada a $ 10.630 por hora, lo que equivaldría a $ 255.120 diarios. La Empresa Crucero del Sur Agrupación se halla habilitada a retener de la cuota sindical correspondiente los montos que deban ser depositados a efectos del fiel cumplimiento de lo dispuesto por la magistrada. Sobre este particular los funcionarios de la Defensora del Pueblo, expresaron: “Hemos agotado todas las vías para que el servicio de emergencia del transporte público se cumpla en nuestra capital. Lo que viene sucediendo es inaudito, la UTA Central o la UTA Formosa llaman a paros y los usuarios formoseños se quedan de a pie, como no debería suceder. La normativa nacional, provincial y municipal son claras a este respecto, en casos de emergencia, como lo es un paro “debe prestarse el servicio mínimo”. Hemos tratado más de una vez de establecer comunicación con la UTA – Seccional Formosa para que lo que hoy padecen más de 60 mil usuarios del transporte de esta capital no suceda y siempre tienen algo más importante que hacer. Como muestra valga el hecho de que no asistieron a la audiencia fijada por la jueza interviniente este jueves. No nos queda más que valorar la respuesta de la justicia en el caso y el dictado de una resolución que esperamos haga entrar en razón a los delegados gremiales de la UTA-Seccional Formosa, en cuanto a las obligaciones que le son inherentes y en lo sucesivo que se disponga o se adhiera a una medida de fuerza local o nacional, en ejercicio del legítimo derecho de huelga se tenga en cuenta que tal potestad no es absoluta y que “un servicio público no puede interrumpirse bajo ningún concepto” sin que quienes lo hagan se atengan a las consecuencias legales de tal conducta”.-