Desde la Defensoría del Pueblo de la Provincia, informaron que en los últimos tiempos, se han multiplicado las consultas, reclamos y denuncias, por conductas abusivas de Entidades bancarias de nuestro medio, siendo frecuente y constituyendo toda una odisea reclamar cuando – fallan los cajeros automáticos-.
El Ombudsman Provincial, Dr. José Leonardo Gialluca señalo que si bien es cierto que los cajeros automáticos agilizan tramites diversos y evitan colas – a veces también se convierten en un problema ya que o entregan menos dinero que el cliente pide, no acreditan los pagos realizados a través de depósitos en sobres o de la nada adjudican extracciones “fantasmas” que se llevan parte de la plata de la cuenta de un usuario-.
El Organismo de la Constitución Provincial, pudo obtener recién esta semana, luego de tediosas Actuaciones Administrativas, contra un banco que lleva el nombre de una Comunidad de España; que le devuelvan a un cliente del mismo los $4.000 que había depositado en efectivo el día 19 de enero del corriente año y que si bien toda la documentación estaba en regla, esta persona se vio obligada a tener que hacer un nuevo depósito por la misma suma antes señalada para cumplir así con sus obligaciones, no obstante haber realizado reiterados reclamos por ante las Autoridades de la entidad en cuestión, quienes ignoraron y maltrataron a este ciudadano.
Luego de más de dos (2) meses sin una solución efectiva, y habiéndoselo colocado en una situación de privación del depósito en dinero de su propiedad, la Defensoría del Pueblo en base a la normativa vigente, le otorgo al Banco 72 horas hábiles para que el cliente reciba la suma de dinero indicada mas una compensación por el tiempo en que se lo privo del mismo indebidamente. A través de su apoderado, el Banco en cuestión procedió a la devolución de los $4.000, pero se tuvo que iniciar otra Actuación para que el mismo reconociera los intereses y la compensación correspondiente, a la cual se hizo lugar y se obtuvo el resarcimiento pertinente. El Ombudsman Provincial le recordó al Gerente de dicha entidad que cuando los clientes – usuarios, nos atrasamos días por alguna falta de pago, (en algunas ocasiones por causas imputables directamente a los bancos), igualmente se nos cobran los intereses moratorios y punitorios que ellos mismos determinan unilateralmente , y por ello en este caso siendo el banco el que no pago en tiempo y forma, la procedencia del resarcimiento económico más intereses era absolutamente viable tal como se dio en los hechos.