Si bien, en las últimas horas del día de ayer, se levantó la medida de fuerza que UTA – Seccional Formosa había decretado, incluyendo con violencia física, impedir el Servicio de Emergencia que la Empresa, el Municipio y los Gremios están obligados a prestar a los usuarios y que desde la Defensoría del Pueblo desde un primer momento se exigió, nos lleva a señalar que la huelga como Acto Jurídico siempre está sujeta a los límites que implica la legitimación de un daño.
El Ombudsman Provincial Dr. José Leonardo Gialluca señaló que a través del tiempo la huelga no solo fue reconocida como derecho, sino que además se la elevó al rango constitucional y en la Argentina se la incorporó en el art. 14 bis de la Constitución Nacional. Pero últimamente los usuarios del transporte público de pasajeros en nuestra Ciudad Capital son víctimas de huelgas donde la violencia ha ido creciendo y como en este último caso, hasta se impidió la salida de colectivos para brindar el Servicio de Emergencia y en otras huelgas anteriores, existió aún mucha más violencia, resultando trabajadores heridos y destrozos en los lugares de trabajo y en los vehículos. Por ello, desde el Organismo de la Constitución sostenemos que es imprescindible que las Áreas Competentes del Estado Provincial, impongan siempre a las partes el deber de cumplir con las condiciones que hagan a la legalidad del derecho a huelga y por otro lado, tanto el Municipio como el Poder Judicial deben volver a las fuentes de adoptar las medidas y sanciones laborales, civiles y penales que correspondan ante los actos de violencia en todas sus formas. Esto es así porque ningún derecho es absoluto y en este caso, “estamos y estaremos siempre del lado de los usuarios que todos los días deben soportar maltratos por parte de la Empresa, o de los choferes o del Municipio; al no cumplirse las frecuencias por distintas causas, principalmente en determinados horarios, en ciertos días y en algunas líneas donde el cliente – usuario que paga su pasaje, debe esperar horas y lo hace porque no tiene otra alternativa y ello debe cambiar para bien. “Pero nunca se va a dar una modificación de esta naturaleza, si no existe la adopción de medidas y sanciones, contra quienes no cumplen con sus obligaciones y responsabilidades”. Imaginémonos a un ciudadano que quiera abordar un transporte público sin tener tarjeta SUBE, obviamente que está vulnerando una serie de normativas y se lo castiga inmediatamente, la pregunta es, ¿Por qué las empresas y los gremios pueden hacer lo que quieren y cuando quieren con la gente, que en definitiva es la que le permite que sus trabajos existan?. Esta es la consecuencia de la no aplicación de las leyes y ordenanzas como corresponde y entonces el que siempre sale perdiendo es la parte más débil de toda esta relación, que no es otro que el usuario, que necesita del colectivo para ir a su trabajo, o desplazarse de un lugar a otro.