Ante los permanentes y reiterados incumplimientos en tiempo y forma por parte del Programa de Salud financiado por el Gobierno Nacional que lleva la denominación actual de “INCLUIR SALUD” ex PROFE, dependiente de la Vicepresidencia de Nación a cargo de Gabriela Michetti, desde la Dirección de Salud y Vivienda de la Defensoría del Pueblo de la Provincia de Formosa, se busca destrabar los reclamos que acumula el Programa Incluir Salud en base a Actuaciones Administrativas, pero en algunos casos puntuales por la urgencia y la necesidad de la cobertura de medicamentos de alto costo o prótesis, Institucionalmente hemos tenido que judicializar los planteos.
El Ombudsman Provincial José Leonardo Gialluca, señaló a título ejemplificativo que una ciudadana domiciliada en la Localidad de Herradura de esta Provincia, en su carácter de beneficiaria del PROGRAMA FEDERAL INCLUIR SALUD (Ex PROFE), quien padece metástasis de un cáncer de mamas, habiéndose interpuesto reclamo mediante Actuación Nro. 2.159/18 de fecha 25/07/2018 requiriéndose que se proceda a efectivizar la entrega inmediata de la medicación indicada por la médica tratante, consistente en LETROZOL 2,5mg y PALBOCICLIB 125mg y se tenga en cuenta los posteriores pedidos para que sean entregados en tiempo y forma, para que no se interrumpa el tratamiento y ante la falta de respuesta sin obtener la entrega de la medicación y considerando el antecedente de entregas tardías producida con las indicación del mes de Mayo que recién se entregó en el mes de Julio, la Defensoría del Pueblo promovió Acción de Amparo en fecha 02/08/2018, dando inicio a los autos caratulados “J.E.R. c/PROGRAMA INCLUIR SALUD-EX PROFE Y/U OTRO S/Juico de Amparo (Ley 749) Habeas Data (Acción de Amparo (Ley 749)” Expte Nº 525- Año 2018, que tramitó por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 1 de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de Formosa, a cargo de la Dra. CLAUDIA FABIOLA PEREZ GREPO –Juez Subrogante, Secretaría a cargo del Dr. WALTER ADRIAN MONCALVO, dictándose medida cautelar genérica de innovar sobre la situación de hecho imperante, ordenando al PROGRAMA FEDERAL INCLUIR SALUD, a que en forma inmediata proceda a efectivizar la entrega de los medicamentos prescriptos a la Sra. J.E.R., identificados con el nombre de LETROZOL 2,5mg y PALBOCICLIB 125mg y adopte un mecanismo idóneo que permitan la entrega y suministro de los mismos en tiempo y forma de acuerdo a las necesidades de salud de la actora y hasta tanto recaiga sentencia definitiva en el proceso. El día 03/08/2018 el Programa INCLUIR SALUD (Ex PROFE) efectivizó la entrega de la medicación LETROZOL 2,5mg y el 09/08/2018 la otra medicación: PALBOCICLIB 125mg; habiéndose así cumplido con la entrega de la medicación que fuera requerida a principios de Julio de 2018. Sin perjuicio de ello, este Organismo aguarda de la parte obligada a que adopte un mecanismo idóneo que permita la entrega y suministro de los medicamentos indicados en tiempo y forma, para que no se interrumpa nuevamente el tratamiento, que perjudica notoriamente a la salud de la reclamante en este caso puntual. Para los demás casos teniendo en cuenta que la cobertura de este Programa Federal está destinado a las franjas sociales más vulnerables de nuestra comunidad, estos son: Titulares de pensiones asistenciales: madres con siete hijos y más, personas con discapacidad con invalidez laboral, mayores de 70 años en situación de pobreza. Beneficiarios de pensiones por leyes especiales: ex-combatientes de Malvinas, familiares de desaparecidos, precursores de la Antártida Argentina, ganadores de Premios Nobel u Olímpicos, prelados, etc. Beneficiarios de pensiones graciables: personas designadas por legisladores del Congreso Nacional; es que se ha acordado trabajar coordinadamente con la Dra. Juana Cantero Representante a nivel provincial del Programa Incluir Salud, de modo que los medicamentos, prótesis y otros elementos para la salud psíquica y física de las personas sean entregadas dentro de los plazos que los médicos los indican y para ello se invitó a todos los interesados que sufran inconvenientes con esta temática a concurrir a la Sede de la Defensoría del Pueblo, sito en calle Padre Patiño Nº 831 de la Ciudad de Formosa, tanto en horario matutino como vespertino.