Para introducirnos en el tema del aborto debemos antes interrogarnos, cual es el fin de una legislación que despenalice el mismo.

Hemos escuchado en defensa de la despenalización el concepto de autonomía y libertad de la mujer respecto a su propio cuerpo, como así también la diferencia de servicios disponibles sean estas de menores o mayores recursos con la posibilidad de acceder –debido a la falta de servicios – a una muerte segura para las primeras. Por otro parte hemos escuchado hablar de embrión y feto, cuestionarnos cuando comienza la vida humana , si el embrión o feto es sujeto de derechos o no. Ante ello surge “prima facie” la primera afirmación, el feto es un sujeto de derechos. Si no lo fuera, el tema del aborto ni siquiera sería un tema en discusión, pues sería extraído del cuerpo de la mujer como un organismo extraño a ella autónomo o no, respecto al cual el mundo jurídico carece de interés. La segunda cuestión a analizar es que el embrión a partir de la 8 semana se denomina feto, es considerado vida a los fines de su protección. Este punto nos lleva a la afirmación de que el embrión es un ser vivo y por tanto sujeto de derechos toda vez que “ abortar” significa privar de salir, nacer, no estaríamos refiriéndonos a esa privación sino reconociéramos esa existencia. Afirmamos entonces que el feto es vida en una etapa de evolución que se desarrolla en el cuerpo de una mujer. Nos encontramos entonces en una etapa de la evolución que finaliza con el parto con vida, en otros términos el embarazo es el proceso de gestación que abarca el crecimiento y desarrollo de un nuevo individuo dentro de una mujer desde el momento de la concepción a lo largo de los periodos embrionario y fetal hasta el nacimiento, nos parece que más allá de las discusiones otrora significativas desde cuando puede ser considerado un ser con vida lo cierto es que cualquier legislación que despenalice el aborto deberá revisar antes su eficacia y legitimidad toda vez que contradice clausulas constitucionales y tratados internacionales, en particular el Pacto de San José de costa Rica que reconoce el derecho a la vida a partir de la concepción, lo que pondría a nuestro país como pasible de acciones de convencionalidad. Y digo otrora significativas porque el debate tiene hoy como centro de gravedad a la autonomía de la mujer para decidir independientemente de los datos de la embriología y la reflexión antropológica sobre el embrión, en general confunden conceptos de Autonomía y Libertad como sinónimos, adviértase que la autonomía no es ilimitada, es parte de la libertad responsable del ser humano que sabe que tienen que actuar respetando la libertad de los demás , aunque ello le limite u ocasione un problema y a sabiendas que también debe actuar conforme a su propia dignidad. Esto obliga moralmente a cada ser humano a cuidar y respetar los bienes básicos que conforman la dignidad, vida, salud, conciencia propia. Las banderas de las organizaciones que defienden el derecho al aborto en base a la autonomía de las mujeres y el derecho a decidir sobre su propio cuerpo es al menos una proclama peligrosa pues la decisión sobre el propio cuerpo tiene limitaciones no solo para el género femenino sino para el masculino de lo contrario no estaría penalizado el suicidio asistido que en nuestro país es considerado homicidio. La pregunta sería ¿ puede la madre y el medico interviniente realizar un acto maleficiente contra el feto como es el aborto para un fin benefíciente para la madre? Es posible una autonomía sin la responsabilidad ante uno mismo y los demás? Estamos en presencia de un movimiento a favor de la mujer o de tapar las consecuencias de la falta de prevención y de políticas públicas acordes a las valoraciones vigentes respecto al derecho a la vida. En principio podríamos afirmar que la noción de autonomía choca indefectiblemente con los derechos de un ser que dependiente del cuerpo de esa mujer autónoma no pude decidir por lo que su estado de vulnerabilidad resulta protegido por la legislación con argumentos más que fundados respecto al amparo de un derecho fundamental como es la vida. La concepción de la autonomía para justificar “per-se” el acto de interrupción resulta pobre pues la cuestión del aborto no es únicamente un tema de autonomía de la madre pues se contrapone a la autonomía y beneficencia debida al feto como ser humano cuya dignidad debe ser respetada. La libertad y la autonomía no significa realizar siempre lo que uno desea porque nos remite a elevar a la irresponsabilidad a un valor que deba ser reconocido, la libertad de vida sexual no implica no poder preveer las consecuencias , máxime cuando los ciudadanos en menor o mayor medida pueden acceder a métodos preventivos hasta a través del sistema social de salud. La genética de la mujer y su posibilidad de concepción admite más que una discusión de índole moral biológica y religiosa que no puede válidamente fundarse enarbolando banderas de libertad sexual y autonomía respecto a su propio cuerpo, esa discusión simplista deja muchas otras cuestiones fundamentales sin resolver por lo que una legislación como la pretendida traerá consigo no solo problemas legales sino también problemas sociales aun más graves de los que los defensores del aborto predicen sucederán sino se dicta la ley. Colocar a los médicos y al servicio de salud ( juramento hipocrático mediante) en hospitales públicos al servicio de prácticas abortivas de mujeres autónomas y libres parece desde ya un contrasentido difícil de asimilar, más difícil parece entender de qué modo los defensores de esta postura pretenden justificar la ley en la situación de aquellas mujeres excluidas del sistema que mueren en este tipo de prácticas cuando poco se hace no solo para evitar que las mismas lleguen al resultado embarazo o sean víctimas de situaciones de violencia sexual que las obliga a llevar un embarazo no deseado. Ni hablar de los derechos del padre que por cuestiones biológicas no participa en este proceso en forma activa pero que es sujeto de derechos respecto a su hijo por nacer. Como fundar válidamente el reconocimiento de este derecho si condenamos todo tipo de violencia contra la mujer como si la protección contra la violencia se limite solo a golpes o muerte sin merituar la violencia psicológica que estas prácticas producen amen de la violencia física que la practica misma conlleva. Por ultimo no hemos oído nada respecto al derecho de los médicos a la objeción de conciencia cuando la ley permita la partica en hospitales públicos donde los galenos podrían ser responsables por incumplimientos de sus deberes. Todos los seres humanos tenemos la opción de reinscribir nuestra historia , todos tenemos limitaciones, como ciudadanos debemos comenzar a atacar las causas y no las consecuencias pues sino los ideales trazados serán permanentemente “abortados” por la carencia de convicciones que nos permitan llegar al éxito pretendido, la construcción debe ser entonces en base al principio de justicia por delante del de autonomía y la idea de justicia está unida inevitablemente a la plenitud del un derecho fundamental : El derecho a la vida.