Desde la Defensoria del Pueblo se señaló que, en un escenario extremadamente complejo, especialmente en lo social y económico, donde los salarios ya han perdido un 3% en los últimos 3 meses y mientras usuarios de servicios públicos esenciales, “hemos quedado en el medio de disputas de grandes grupos económicos que conforman el gabinete nacional y en donde el Circulo Rojo esta feliz pero el resto de los mortales totalmente desinformado, principalmente por los más importantes medios de comunicación en donde a modo de ejemplo, la legalización del aborto ocupa grandes espacios todos los días, siendo que en más de una oportunidad el propio Presidente Mauricio Macri ha fijado su posición claramente de – defiendo la vida desde la concepción hasta la muerte -; nos torna un país realmente anormal, puesto que el sector político gobernante lleva adelante entre tanto una fuerte acción de distracción con este y otros temas; resultando que con los precios de las tarifas de servicios públicos, ahora el Gobierno Nacional busca consenso o el apoyo de las provincias, siendo que los aumentos irracionales y los que faltan aún , (un 50% más aproximadamente) han sido habilitados por el Ministerio de Energía y Minería de Nación conjuntamente con el ENRE, para luego trasladarlos a las distribuidoras y usuarios residenciales, comerciales y PyMES. El Ombudsman Provincial, José Leonardo Gialluca, pidió a todos los usuarios de cualquier servicio público, se continúen acercando a Padre Patiño Nº 831, tanto en horario matutino como vespertino, para ser asesorados de manera objetiva y sin poner en riesgo sus ingresos patrimoniales, puesto que en muchas ocasiones, una impugnación infundada trae consecuencias negativas para los citados.
Asimismo, señaló que en el fiel cumplimiento de la función conferida constitucionalmente a la Defensoría del Pueblo de la Provincia, de bregar por los derechos de todos los usuarios y entre los cuales, se encuentra el derecho a recibir una información veraz, cierta, responsable y oportuna, consideramos que los datos aportados en una publicación de un medio local, ha incurrido íntegramente en datos erróneos y tendenciosos. Esto, por cuanto las facturas de -REFSA- contienen todos los datos relacionados con las tarifas aplicables, épocas de consumo, valor ajustable de acuerdo a los cuadros tarifarios correspondientes, consumos históricos, etc. No obstante ello, dejamos a salvo la postura de este Organismo de la Constitución en torno a la necesidad imperiosa de discriminar la composición del valor asignado a los primeros, segundos, terceros y cuartos 150 kwh/m, y además de ello, la necesidad de reflejar en las facturas como está compuesto el subsidio que paga Nación y también la Provincia de Formosa. Ahora bien, respecto al valor del kwh/m que debe pagar un usuario del Bº La Recoleta de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cuya Distribuidora es -EDENOR-, dicha información es correcta –aunque carece de argumentos objetivos y, tal como ha sido difundida, nos permite inferir que solo persigue la finalidad de predisponer mal a los formoseños en contra del Estado Provincial. La causa de la diferencia en valor de los kwh/m que pagan en -C.A.B.A-;es que el precio que debe pagar -EDENOR- es alrededor del 50% inferior al que abona -REFSA- a los agentes transportistas. En este sentido, la Resolución Nº 1.091-E-2017 de la Secretaria del Energía Eléctrica, dependiente del Ministerio de Energía y Minería de la Nación, en su Anexo III –relacionado con art. 3º- establece el precio correspondiente a cada agente distribuidor del mercado eléctrico mayorista por el servicio público de transporte de energía eléctrica en alta tensión y por distribución troncal, durante los periodos dic/17-enero/18 y feb/18-abril/18, del cual surge que -REFSA- paga en concepto de Precio Estabilizado del Transporte (PET) por cada MWH transportado $ 91.80, en cambio -EDENOR- solo debe abonar por este mismo componente, la suma de $ 45,10. También, es preciso aclarar que el precio del transporte de la energía forma parte de los costos mensuales que deben afrontar las Distribuidoras, razón por la cual, se encuentran comprendidos en los Valores Agregados de Distribución (VAD) que se trasladaran al usuario, en la oportunidad de fijar los cuadros tarifarios que contienen el precio de los costos fijos y variables del servicio.