El paro de transporte público de pasajeros que soportan los usuarios de la Ciudad de Formosa, fue denunciado por la Defensoría del Pueblo como absolutamente ilegal, porque no cumple con ninguno de los requisitos para que tenga legitimidad constitucional a saber: el sujeto que los promueve y los participantes, el objetivo que le da fundamento, el modo de ejercicio y el cumplimiento de los procesos de conciliación voluntaria y obligatoria; por ante la Subsecretaría de Trabajo, Justicia y Culto de la Provincia, a quién se le solicitó que adopte todas las medidas necesarias y legales en forma inmediata para regularizar el transporte urbano de pasajeros en nuestra Ciudad.

El Ombudsman Provincial José Leonardo GIALLUCA, señaló que los sujetos que lo promueven deben ser los sindicatos, como ya lo estableció después de más de 60 años de debate, la Corte Suprema en el caso: “Orellano, Francisco Daniel y otros c/Correo Oficial s/Sumarísimo”, en el que se determinó que solo un sindicato con personería puede ser el sujeto que promueva acciones, en el que solo participan obviamente los trabajadores afectados por los agravios que conforman el objeto de la medida. En este caso, el sector gremial de la Unión de Conductores de la República Argentina -UCRA- no poseería en Formosa, personería gremial ni jurídica y por ello es que mañosamente se apoyan o pretenden involucrar a la CTA en este conflicto, para tratar de legitimar algo que no pueden, por otro lado, el objeto de la medida es injustificado. La empresa “Crucero del Sur” al despedir a un trabajador que venía de “Flecha Bus” mas precisamente del sector de lavadero y que fue incorporado en su momento, puso a disposición del mismo la indemnización que por derecho corresponde y además pagó los diez haberes pertinentes en concepto de sanción por la cláusula que establece que por ahora no podrían despedir a ningún empleado. Esto es a la luz del Derecho, el pseudo sector gremial que imposibilitan a los ciudadanos de Formosa a que accedan a un servicio público esencial y que actualmente impiden el ingreso y egreso de unidades de la Sede de Crucero del Sur, carecen de fundamento y por lo tanto, la Subsecretaría de Trabajo, Justicia y Culto, tiene las atribuciones para declarar la ilegalidad de la medida, ya que esta medida de fuerza nació mal, se está promoviendo en forma ilegal, lo llevan adelante sujetos que no son sindicalistas, promueven acciones ilícitas y mucho de sus actos pueden ser tipificados como delitos, por lo cual esperamos que el Fiscal Penal de Turno, intervenga de oficio para normalizar esta situación. Las cuestiones de disputas gremiales no pueden desmadrarse de la forma en que sucede en Formosa, más con los antecedentes de este sector, donde ya hubo gravísimos hechos de violencia y donde siempre los únicos perjudicados son los vecinos. Desde la Defensoría del Pueblo de la Provincia, se señaló que también la Municipalidad de la Ciudad de Formosa debe hacer las denuncias penales y civiles correspondientes, y en lo que respecta a los incumplimientos de la empresa Crucero del Sur, aplicar como corresponde y en forma inmediata su Poder de Policía en favor de la universalidad de usuarios que se ven perjudicados, por dejar hacer tanto de parte de la justicia como de los apoderados de la prestataria, lo que quieran a un grupo de extorsionadores, que están pensando en réditos políticos y no en su trabajo, menos aún en las necesidades de la gente que no tiene el modo, ni la forma de pagar un remis u otro medio de transporte para cumplir con sus obligaciones.