La – Dirección de Derechos Humanos y Grupos Minoritarios, Discapacidad, Discriminación, Trata de Personas -de la Defensoría del Pueblo de la Provincia de Formosa, dio curso y formalizo el expediente respectivo a partir de la denuncia por discriminación presentada el día jueves del corriente mes y año por el ciudadano Juan Carlos Mereles, referente de la “Casa de Formosa en Alberdi” República del Paraguay, patrocinado por el Abogado Williams Dardo Caraballo, contra el actual Ministro de Agroindustria de la Nación, C.P Ricardo Buryaile.
El Ombudsman Provincial, José Leonardo Gialluca, señalo que la segregación se habría producido a través de una nota del diario La Nación llevada a cabo por el Sr. Carlos Robert Reymundo Roberts y que fuera publicado el domingo 23 de julio del corriente año, donde el funcionario nacional antes citado expresa que Formosa: “Es una provincia joven que ha tenido y tiene una enorme corriente inmigratoria de Paraguay con toda la influencia que ello supone. Los paraguayos son gente dócil y un componente machista marcado”. Se agravian también los denunciantes en que la palabra machista o falócrata es la persona que defiende la superioridad natural del hombre sobre la mujer o da muestras de ello con su comportamiento y al mismo tiempo al señalar la docilidad del pueblo paraguayo se lo ha tomado en el literal significado de una sociedad que acepta plácidamente y con agrado a ser lo que otro le ordena y que es fácilmente manejable, con un profundo sentido despectivo y descalificativo que por supuesto agravia no solamente la autoestima sino el propio ser de quienes han sido involucrados.
Recordó el funcionario provincial que en este caso se debe tener en cuenta, la vulneración de Buryaile de articulados de la Constitución Provincial, Nacional, leyes argentinas y normativa internacional que condenan todo tipo de manifestaciones despectivas y discriminatorias como las efectuadas, agravándose la situación por la vigencia de la Ley Provincial 741/88 que establece en su artículo segundo una sanción para estos casos de hasta mil salarios mínimos vital y móvil para el autor del acto discriminatorio e igual sanción para el editor o responsable del medio de comunicación que propalare la información en ese sentido, señalándose que el importe de dicha sanción será destinada a los hogares de menores desprotegidos existentes en la provincia.
En este sentido el Defensor del Pueblo, adelantó que daremos intervención al INADI, a la Subsecretaria de Derechos Humanos, como así también al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de Nación y al propio denunciado con la finalidad de que ejercite su constitucional derecho de defensa y por ello, Institucionalmente esperamos que todo esto se pueda solucionar con una aclaración o disculpas hacia la colectividad paraguaya que ha sido blanco de consideraciones que en principio no merece y que por otra parte la disminuyen en su respeto, “para decidir autónomamente por sí misma, sin que nadie ni nada la pueda llevar a concretar hechos o actos como si fueran ciudadanos o personas imperfectas y defectivas”.