Denunciaron desde la Defensoría del Pueblo, que es una constante el atraso por parte de las concesionarias de venta de vehículos locales y también de los planes de ahorro, quienes no entregan en el tiempo acordado las unidades a sus clientes y ahora se les viene sumando algo realmente grave que son, “ las condiciones negativas y peligrosas en que los mismos son puestos a disposición de los futuros dueños vehículos cero km y que se supone que no tendrían que tener problemas por ejemplo en sus neumáticos o en sus instalaciones eléctricas, etc.”


El Ombudsman Provincial, José Leonardo Gialluca, señaló a todos los consumidores que se encuentren en esta situación que tienen el derecho y las firmas la obligación de información que poseen los proveedores de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 4 de la Ley de Defensa del Consumidor. Además, agregó que la obligación de informar a los clientes debe ser brindada en soporte físico, es decir que no alcanza con decir que está en algún lugar de un sitio web si esa persona está en la concesionaria o en la administradora del plan. El cumplimiento de dar toda la información es importante para el cliente porque las relaciones de consumo se basan en la confianza que la persona tiene en el vendedor y en el producto.
Una de las cosas más importante es llevar un listado con las fechas, pagos y conceptos para poder hacer los reclamos pertinentes en caso de incumplimientos. Si el vendedor no quiere entregar comprobantes o los pagos pretenden ser en efectivo hay que dejar constancia por escrito de estas irregularidades. Para los casos en que no se entregan los mismos, hay que intimar en forma inmediata por escrito o carta documento. Un paso importante son las intimaciones en los casos de atrasos en las entregas, ya sea de una compra en un pago, por un plan de ahorro o con un crédito prendario. En todos los casos se puede reclamar de la misma manera aunque las multas y/o indemnizaciones dependerán del tipo de contratación y del caso particular. Los reclamos se pueden realizar por teléfono, por mail o personalmente pero las intimaciones es necesario hacerlas por escrito ya sea por nota, que deberá tener un sello o firma de recepción, o por carta documento, lo que se puede llevar a cabo a través de la Defensoría del Pueblo.
Mas alla de todo esto, ahora nos encontramos con vehículos nuevos, cuyas cubiertas terminaron absolutamente destrozadas a los dos meses de entrega, o en otros casos se encontraron problemas eléctricos, “pues insectos varios comieron los cables y otras instalaciones”; en esta misma línea también un beneficiario se sorprendió al hallar miles de hormigas bajo el tapizado de su vehículo nuevo que debió ser llevado a otras concesionaria extra provincial para su reparación. El Defensor del Pueblo remarco que estas conductas por parte de los comerciantes de vehículos, son inadmisibles y todo ello, quizás suceda pues tienen largos meses los autos a la intemperie y sin un cuidado medianamente apropiado. En consecuencia ante estas situaciones, invitamos y sugerimos a todos los damnificados a concurrir a la sede del Organismo de la Constitución para realizar las denuncias y obtener las reparaciones o cambios de unidades ya sea por parte de la empresa o del plan de que se trate.