La Defensoría del Pueblo intimó a la Empresa Recursos y Energía Sociedad Anónima (REFSA), por intermedio de la Gerente de Servicios Eléctricos de la misma, Dra. Miriam Roques, a que cumpla con lo establecido por el art. 25 inc. y) del Contrato de Concesión de Servicio, las Normas de Calidad del Servicio Comercial, la Resolución Nº 200/99, el Art. 5.2 último párrafo del Reglamento de Suministro de Energía Eléctrica y la Ley Nacional 24.240 de Defensa del Usuario y Consumidor, mediante la entrega de los talones de lectura de consumo.
La actuación hace referencia al hecho de que a nadie escapa el descontento generalizado de los usuarios por la modificación de las tarifas de energía dispuesta por el Ministerio de Energía y Minería de la Nación (MEM), a cargo del Ing. Juan José Aranguren, lo cual es de público conocimiento, cuadruplicó el valor de compra de la energía en la Provincia. Destacando que los reclamos de la universalidad de usuarios se centran en el valor de las facturas que reciben, las cuales estiman “a priori” no están acordes con su consumo, por lo que cuestionan la exactitud del funcionamiento de los equipos de medición. Sobre éste particular, el Defensor del Pueblo de la Provincia, José Leonardo Gialluca expresó: “Recibidos los reclamos los trasladamos a REFSA, ante la respuesta de que los medidores funcionan bien, solicitamos la intervención del Ente Regulador de Obras y Servicios Públicos de la Provincia (EROSP) el cual ordena el control de los citados dispositivos, hasta ahora no hemos tenido casos en los que resultara la mal función de los mismos, no obstante lo cual persisten las dudas en los usuarios, las cuales, estimamos, se disiparán si la prestataria cumple con su obligación de informar el consumo a los titulares del servicio, previo a emitirle la factura correspondiente, siendo preciso destacar que frente al alto costo de la energía REFSA debe extremar cuidados al momento de dotar al usuario de la mayor información posible, por ser su derecho. El Ombudsman Provincial, señaló también que existe una manera simple de controlar el consumo domiciliario y es que cada usuario tome una fecha determinada, por ejemplo, 7 de Junio y anote el número que registra su medidor, pasado un mes, el 7 de Julio, nuevamente anota el estado que figure y la diferencia que surge de restar éste último número al primero es el promedio de consumo mensual, lo cual es indispensable para relacionarlo con la facturación que recibe respecto de ése periodo de lecturas controladas. La Defensoría del Pueblo, se halla abierta a recibir los reclamos por los importes recibidos en las boletas y el procedimiento para constituirlas, tiene su sede en la calle Padre Patiño 831 y/o telefónicamente desde cualquier punto de la Provincia al 3704-436379/4436320.-”