La Defensoría del Pueblo denuncio que el Ente Nacional de Comunicaciones, mediante la Resolución 20164-E/2017, creó una dirección específica para avanzar sobre las estaciones radioeléctricas no autorizadas o en infracción.

Habilitando el uso de la fuerza pública. Este Organismo emitió la Resolución antes citada que otorga a la Dirección Nacional de Control y Fiscalización la facultad de disponer la “clausura, secuestro, apercibimiento, multa y/o decomiso”, de estaciones radioeléctricas no autorizadas o en infracción, incluyendo las de radiodifusión, “con el concurso del poder judicial y la fuerza pública, en caso de ser necesario”.

El Defensor del Pueblo, José Leonardo Gialluca, señalo que la Resolución 2064-E/2017 tiene fecha del 31 de marzo, sin embargo fue publicada fue publicada el jueves 6 de abril, día de paro nacional.
Si bien esto es algo que ya el Estado podía hacer, resulta peligroso para el amplio campo de la comunicación comunitaria, alternativa y popular, pues muchas de sus emisoras sufren de una precariedad jurídica que les impide desarrollarse con tranquilidad. La sola posibilidad de castigar el derecho de antena como esta Resolución lo reafirma, pone en alerta a todos los derechos de comunicación. Sería deseable, en este sentido, que la expresión “no autorizadas” no esté dejando fuera a aquellas emisoras que no tienen licencia, pero que sí tienen reconocimiento o están empadronadas. Resulta elocuente que a pesar de que existen esas formas diversas de reconocimiento —posteriores a la sanción de la Ley 26.522—, no se las mencione exhaustivamente en la Resolución.
Asimismo, siempre hay que señalar que si existen medios comunitarios ilegales, es porque el Estado no ha sido capaz de brindarles la legalidad que les corresponde, ni de cumplir con esa misma legalidad que hoy se enarbola como excusa para dar paso a posibles decomisos, multas y cierres. Es que el Estado sigue sin comprender el verdadero rol social de estos medios, o lo comprende y les teme, ejerciendo ahora una persecución abiertamente reprochable y que no tendría otro objetivo que la censura de determinados medios.
Gialluca señalo que la Resolución muestra que el ENACOM está más preocupado por agilizar mecanismos restrictivos que por evitarlos otorgando derechos.
Este Instrumento ha caído muy mal en radios de baja potencia, comunitarias o alternativas porque cualquiera que no haya conseguido los permisos para funcionar del COMFER o de la ex AFSCA, ahora está sujeto a decomiso. Muchas radios de baja potencia que apoyaron la denominada Ley de Medios nunca lograron recibir las licencias. La Comisión Nacional de Comunicaciones ni la Secretaría de Comunicaciones tampoco elaboró un Plan Técnico para otorgar frecuencias y asignar potencias.
Por ello desde la Defensoría del Pueblo; rechazamos cualquier intento de acallar las voces alternativas, comunitarias y populares, bajo cualquier pretexto, y alertamos sobre la discrecionalidad que esta Resolución puede darle al Estado para embestir contra las voces disidentes y estas medidas coinciden con la voluntad del actual gobierno.
Recordamos que los medios comunitarios, alternativos y populares no son ilegales por voluntad, sino por los retrasos del Estado para comprender su rol social y garantizando así su legalidad y sus mínimas condiciones de desarrollo.