La -Dirección de Derechos Humanos y Grupos Minoritarios – Discriminación Xenofobia- Trata de Personas – Discapacidad- de la Defensoría del Pueblo, considero que el nuevo Decreto del Gobierno Nacional concreto cambios en la Ley Nº 25.871 de Migraciones, los que son aplicables a los residentes actuales como a los extranjeros que desde hoy ingresen al país  que se pueden resumir en los siguientes puntos:*No podrán entrar narcotraficantes al país. Se trata de quienes tengan condenas sobre casos relacionados a este tipo de delitos.

El inciso C del artículo 29 de la ley actual impide entrar a quienes están en condiciones de «haber sido condenado o estar cumpliendo condena, en la Argentina o en el exterior, o tener antecedentes por tráfico de armas, de personas, de estupefacientes o por lavado de dinero o inversiones en actividades ilícitas o delito que merezca para la legislación argentina pena privativa de la libertad de tres años o más».* Divide a los delitos entre comunes y, por otro lado, al tráfico de drogas, personas, armas, órganos y tejidos (categoría nueva) lavado, inversiones ilícitas.* Tampoco podrán entrar al país quienes tengan antecedentes penales en el país de origen o antecedentes de haber participado de alguna organización de crimen organizado, como narcotráfico, trata, tráfico de órganos. Esto es independiente de que haya condena. Y «sólo con un informe que diga que la persona está en una red de terrorismo se podrá impedir el ingreso o tramitar la expulsión».*Los inmigrantes que hayan pagado para ser traídos al país podrán obtener la residencia y evitar la expulsión si colaboran para dar con el traficante de personas que lo trajo a la Argentina.* Tendrán impedido el ingreso a Argentina las personas que presenten documentación falsa u omitan informar sobre sus antecedentes penales.* Hasta ahora la prohibición de reingreso al país luego de una expulsión era de cinco años. Con la nueva norma será de ocho años por delitos dolosos y 5 años por delitos culposos.* El decreto alcanza a las residencias en trámite. Y puede dar de baja la residencia en determinados casos: fraude en la documentación y condenas (estén o no firmes) por los delitos arriba mencionados.* Se cancela la residencia permanente «a quien hubiese permanecido fuera del territorio nacional por un período superior a dos años o la mitad del plazo acordado, si se trata de residencia temporaria, excepto que la ausencia obedezca al ejercicio de una función pública argentina o se haya generado en razón de actividades, estudios o investigaciones que pudiesen ser de interés» .* Quienes no tengan los medios económicos tendrán derecho a un abogado gratuito que los asista.

El Ombudsman Provincial conjuntamente con el actual titular de la Defensoría del Pueblo de Nación en Formosa Dr. Julio Néstor Santander, apuntaron a que los actuales procesos administrativos y judiciales en materia migratoria son altamente burocráticos y ello le acarrea siempre al país responsabilidades internacionales, con este nuevo instrumento esperamos una mayor agilidad en la materia, principalmente no contra quienes quieren venir a trabajar de buena fe a nuestro país sino  hacia “el crimen organizado internacional” que es el que actualmente perfora todos los sistemas de seguridad y de migraciones, exponiendo la seguridad de los argentinos y aumentando la criminalidad.