La Ley Nacional de Servicios de Comunicación Audiovisual 26522, estableció una cantidad mínima de horas de producción y transmisión de material audiovisual específico para niñas y niños en todos los canales de televisión abierta cuyo origen sea, como mínimo, el 50 % de producción nacional.  Sucesivas normas hicieron que, en adelante, se impusieran dos franjas horarias, de una hora y media cada una, en turnos por la mañana y la tarde, según el horario de asistencia a clases de niños y jóvenes para la exhibición del material adecuado a los mismos.

Pero, con la creación del actual Ente Nacional de las Comunicaciones (Enacom) y la derogación de las normas anteriores, se les permite a los canales de aire, disponer de cualquier horario para la proyección de programas infantiles, llegándose al punto de que tales contenidos son transmitidos a cualquier hora, como ser las 5 de la mañana, siendo, por ende inaccesibles para sus destinatarios. Advirtiendo esta situación, los Defensores del Pueblo de todo el país, nucleados en su Asociación (ADPRA) en cuya Comisión Directiva se encuentra el Ombudsman Provincial, José Leonardo Gialluca, resolvió “instar al Enacom” para que respete los derechos audiovisuales de niños y jóvenes e imponga a los canales a transmitir contenidos acordes con los mismos a fin de salvaguardar sus “derechos audiovisuales”. La actuación fue impulsada por unanimidad en el Plenario de Defensores del Pueblo de la República Argentina, que se desarrolla actualmente en la ciudad de Tucumán.-