Informo la Defensoría del Pueblo que desde el día de ayer, los jubilados y beneficiarios de asignaciones gozarán de la devolución del IVA en las compras realizadas con tarjeta de débito en comercios minoristas, según lo dispone el Decreto 858 publicado en el Boletín Oficial.

Se estima que el beneficio llegará a cerca de siete millones de personas, y comprenderá a los jubilados que cobren un haber mínimo de $ 4.959, y a las pensiones no contributivas nacionales no superiores al haber mínimo.

La devolución del IVA también abarcará a aquellos que perciben la Asignación Universal por Hijo (AUH) y la Asignación por Embarazo, como también comprende a las jubilaciones por fallecimiento de quienes cobren una jubilación mínima.

El decreto publicado reglamenta la Ley 27.253, que fijó el régimen de reintegro por compras en comercios de venta minorista.

Este régimen se aplica a las operaciones que se realicen hasta el 31 de diciembre de 2017, y el decreto determina que la devolución será del 15 % del monto abonado por las operaciones de compra, en tanto no supere el monto máximo de $ 300 por mes y por beneficiario; y en el caso de la asignación universal por hijo, por embarazo y pensiones por fallecimiento, el reintegro se considerará por cada prestación recibida.

Por tratarse del primer mes de vigencia del régimen, a los beneficiarios se les reintegrará $ 150 por cada una de las dos primeras compras que realicen, si el monto de la devolución del 15 % fuese menor.

El Ombudsman Provincial, Dr. José Leonardo Gialluca solicito por escrito a la CAPyMEF y también sugirió públicamente a todos los propietarios y/o responsables de comercios minoristas que hagan el esfuerzo para poder trabajar con los posnet respectivos y así comercializar con tarjetas de debito, pues de lo contrario los jubilados y beneficiarios de asignaciones no podrán obtener el reintegro del IVA.