Ante la denuncia interpuesta por la Defensoría del Pueblo, en nombre y representación de los centenares de usuarios de la Ruta Nacional Nº 11 que se encuentra cortada al libre tránsito por ciudadanos pertenecientes a la Comunidad Toba de la Ciudad de Clorinda, el Juez Federal Subrogante Dr. Juan Carlos Vallejos y la Dra. Ghysella M.M. Gómez, Secretaria Penal, notificaron en la causa: “N.N s/ ENTORPECIMIENTO DE SERVICIOS PUBLICOS (ART. 194- PRESENTANTE: GENDARMERIA NACIONAL 16 CLORINDA- CORTE DE RUTA 11 ALTURA Nº 1287 (EB6- 48/41);  que con la Vista del Fiscal Federal de Turno, se ha decidido que el Escuadrón 16 “Clorinda de Gendarmería Nacional”, arbitre los medios necesarios para garantizar la normal circulación de los vehículos que transitan por la Ruta Nacional Nº 11, como así de todos los medios de transporte de cargas que se encuentran demorados o retenidos o estacionados que manifiesten su voluntad de continuar su viaje, para lo cual deberá utilizar todos los medios a su alcance.


El Ombudsman Provincial, Dr. José Leonardo Gialluca, señalo que la Justicia Federal, también ordeno que se deberá velar por la seguridad de los manifestantes y de las personas que quieran utilizar las rutas, comunicándose en forma permanente al Juzgado Federal sobre las novedades que surjan .Por otra parte deberán individualizar a los manifestantes y labrar las Actas pertinentes acorde con la normativa procesal, remarcándose que en lo sucesivo deberán resguardarse los derechos de libre circulación.

Por último, también se ordeno poner en conocimiento de esta medida al Director Nacional de Gendarmería Nacional Argentina y cumplido todo ello continuaran las Actuaciones procesales por ante la Fiscalía Federal Nº 1 de Formosa, en orden a lo dispuesto por los Arts. 180 y 196, primer párrafo del CPN.

En cuanto al pedido de proseguir con la terminación de las viviendas, limpieza de cunetas, enripiado y otros trabajos, desde el Organismo de la Constitución, se aseguro  que se solicitara al Municipio de Clorinda el más rápido cumplimiento de las demandas sociales de los manifestantes del barrio Toba, ya que esos requerimientos son genuinos y deben ser cumplidos por el Estado, respetando siempre todos los canales Institucionales y no dejarse llevar por las vías de hechos que vulneran derechos  y garantías constitucionales de terceros.