Debido a las altas temperaturas y a la gran demanda de energía, desde la Dirección de Derechos al Consumidor, Contribuyente, Relaciones de Consumo-, de la Defensoría del Pueblo de la Provincia, se informo a todos los usuarios del sistema eléctrico provincial brindado por REFSA que continua vigente la Resolución Nº  451/07 y el Anexo Resolución 070/12, que establece los requisitos para que los vecinos reclamen por daños a instalaciones y/o artefactos por deficiencias en la prestación del servicio de energía eléctrica.

El Ombudsman Provincial, Dr. José Leonardo Gialluca, pidió que ante el deterioro , no funcionamiento de artefactos domésticos por altas o bajas de tensión, cortes de energía eléctrica no programados u otras circunstancias lo primero que se debe realizar es el reclamo directamente ante el EROSP, dentro de los cinco (5) días de producido el hecho.

Este reclamo consiste simplemente en una exposición clara y precisa del hecho que genero los daños, y donde se debe indicar la fecha y hora del mismo, detallar el/o los artefactos dañados (marca, modelo, nº de serie, etc), para el caso de pérdidas de mercaderías no vencidas por corte de cadena de frio, deberá adjuntarse Acta de Constatación efectuada por Escribano Publico, detallando minuciosamente: tipo, cantidad, marca y factura de adquisición correspondiente, se debe acompañar también copia de la ultima factura del servicio y en principio el reclamante deberá ser el titular del suministro o se deberá presentar el contrato de alquiler que acredite su condición de usuario y cuando el reclamo lo formule una persona jurídica se deberá acompañar la documentación que acredite la personería que invoca. Además, la Defensoría del Pueblo ofrece su asesoramiento gratuito para continuar el trámite pertinente y obtener así el resarcimiento que los usuarios deben tener por Ley.