Desde el -Área de Seguridad Vial-, de la Defensoría del Pueblo de la Provincia de Formosa, se resaltaron los logros obtenidos a favor de los usuarios de nuestra jurisdicción, a los que se les habían labrado infracciones de tránsito sobre la Ruta Provincial Nº 2 del Municipio de Lezama Provincia de Buenos Aires y también en la Ruta Nacional Nº 7, del Municipio de San Martin, pero en este caso de la Provincia de Mendoza.

El Ombudsman Provincial, Dr. José Leonardo Gialluca, declaro que “trabajamos siempre a favor de la aplicación de las normativas nacionales, provinciales y municipales dentro de cada jurisdicción y gestionamos todo tipo de medidas para que en nuestro País exista una mayor seguridad vial y disminuya la siniestralidad que se ha convertido en los últimos tiempos en una pandemia y que destruye todos los días familias completas”; no obstante lo cual no vamos a tolerar aquellas Acciones o Actas de Infracción o Fotomultas, que constituyéndose irregularmente, diariamente, “ en un verdadero negocio recaudatorio para algunos Municipios”, abusan de los usuarios y los ciudadanos.

Así es que, tenemos centenares de antecedentes en esta materia, donde lo público, junto a empresas privadas y algunos estudios jurídicos- contables, pretenden asustar a la gente intimidándola para que vaya a depositar las sumas de dinero que les son exigidas, a través de notificaciones irregulares en sus domicilios particulares y por lo cual, ante estos hechos, la Defensoría sugiere no abonar un solo centavo, sin antes hacer las consultas pertinentes gratuitas por ante el Organismo de la Constitución.

En el caso del Municipio de Lezama, se labraron siempre multas a propietarios de vehículos, que nunca estuvieron en la zona, y en otros casos, estando, violaron Artículos esenciales de la Ley Nº 24.449, y por ello ante su impugnación se decreta la nulidad de las mismas.

La situación del Municipio de San Martin en la provincia de Mendoza, es que el mismo debió emitir un Decreto donde reconoce las deficiencias en la implementación de fotomultas y por ello los usuarios sancionados, no deben abonar ninguna de las mismas y para aquellos que hayan pagado, en el caso de las fotomultas tomadas en la Ruta Nacional Nº7, pueden exigir su devolución con más los intereses legales y gastos administrativos efectuados.