-Quienes cortan un Camino Vecinal o una Ruta, no pueden impedir el paso de ambulancias y menos determinar por sí mismo, si el paciente se encuentra en tal o cual condición de gravedad, para allí decidir la suerte del mismo-
Desde la Defensoría del Pueblo de la Provincia de Formosa, se señaló que, hace tiempo se vienen realizando, denuncias y presentaciones judiciales por ante el Juzgado con Competencia Penal de Las Lomitas, a pedido de docentes, vecinos, comerciantes, agentes de salud y otros que sufren desde hace meses la interrupción del Camino Vecinal 9002, esencial vía de comunicación de esta zona y donde un grupo reducido de personas, han adoptado esta modalidad para extorsionar a quienes quieran transitar libremente, cobrándoles a todos distintas sumas de dinero. Institucionalmente esperamos que la Justicia Provincial actúe en consecuencia, respetando siempre los derechos y garantías de las personas y profundizando la investigación “porque es conocido según los lugareños, que a las extorsiones, se suman los apoyos de referentes políticos que buscan quebrantar la paz social en nuestra provincia”. El Ombudsman Provincial, Dr. José Leonardo Gialluca, rechazó los planteos en cuanto a la solicitud de un anexo de nivel primario en Misión Nueva, puesto que existe a pocas cuadras de distancia, un importante Establecimiento Educativo, asimismo, en Tres Palmas, se requirió la creación de un anexo de Nivel Secundario y al realizar el relevamiento de posibles alumnos, su número es muy reducido, por lo que se propuso una serie de alternativas para que los jóvenes puedan estudiar, las que fueron rechazadas sin ser analizadas razonablemente. En lo que respecta al pedido de pensiones por invalidez u otras, ya se ha explicado que, de no reunirse los requisitos, las mismas no pueden ser otorgadas y en relación a otros requerimientos vinculados al suministro de agua potable o energía eléctrica, estos últimos vienen siendo atendidos tanto por Refsa, como por el SPAP. Lamentablemente, las instancias de diálogo no han permitido destrabar estos conflictos, los cuales, se agravan al llegar a imponer sus responsables, “condiciones sobre el tránsito de ambulancias con personas que deben ser trasladadas de manera urgente a otros centros de salud u hospitales para ser atendidos dignamente”, determinar la gravedad o no de un paciente, no puede ser dejado en manos de quienes impiden el libre tránsito por los Caminos Vecinales con argumentos que en la práctica caen por su propio peso. No obstante, lo cual, desde el Organismo de la Constitución, continuaremos con las Actuaciones Judiciales correspondientes y con las atenciones a planteos y reclamos, tanto de Comunidades Originarias y Criollas, realizando las gestiones por ante cada una de las áreas competentes del Gobierno de la Provincia de Formosa.
