-La Asociación de Defensores del Pueblo de la República Argentina (ADPRA), solicitó al Gobierno Nacional de Javier Milei en cumplimiento de las leyes nacionales y tratados internacionales, “reconsiderar decisiones que implican un grave retroceso en las políticas públicas de protección de los derechos de las mujeres y las diversidades”-
La Comisión Directiva de ADPRA, integrada por su Presidenta Dra. María Rosa Muiños, Defensora del Pueblo de CABA, Enrique Pochat, Vicepresidente I, José Leonardo Gialluca Defensor del Pueblo de Formosa Vicepresidente II, Claudia Bard Defensora del Pueblo de Chubut Vicepresidenta III, Bernardo Voloj Defensor del Pueblo de la Provincia de Chaco Secretario, denunciaron el retroceso
en las políticas públicas en materia de protección de los derechos de las mujeres y las diversidades con las sucesivas decisiones que vienen tomando las autoridades nacionales, tales como el cierre de las dependencias ministeriales y la reducción de la planta de personal especializado. Agregaron que, nuestra Constitución Nacional establece, en su Artículo 16, el Principio de Igualdad, el cual, en sintonía con la adopción de los Convenios Internacionales en materia de Derechos Humanos, han demandado la necesidad de repensar la legislación y las políticas para prevenir y erradicar la violencia contra las mujeres. Asimismo, nuestra Constitución Nacional hace referencia, en el Artículo 75 párrafo 23, al principio de igualdad real de oportunidades y de trato, que enfoca la mirada en la necesidad de realizar acciones positivas que garanticen los derechos de las mujeres, de las personas con discapacidad, de las personas mayores y de los niñas, niños y adolescentes. En ese sentido, ADPRA adviertió que las medidas tomadas ponen en riesgo el cumplimiento de las obligaciones internacionales asumidas por el Estado Nacional en la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) y en la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belem do Pará), que prevén la obligación de los Estados miembros de presentar informes sobre las medidas legales y administrativas adoptadas para cumplir sus compromisos convencionales, a saber, las políticas de prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres; de asistencia hacia las mujeres afectadas por la violencia, así como las dificultades que observan en la aplicación de estas medidas y los factores que contribuyen a la misma.