-Las Provincias que más alimentos recibirán, son las gobernadas por aliados del Estado Nacional, quedando el resto totalmente marginadas, así como importantes ciudades donde los camiones del Ejército Argentino no llegarán con los alimentos que demandan los sectores más vulnerables de nuestra sociedad-

Desde la Defensoría del Pueblo de la Provincia de Formosa, se solicitó formalmente y con carácter urgente, al Ministerio de Capital Humano a cargo de Sandra Pettovello, los fundamentos y explicaciones de los motivos o causas por las cuales la Provincia de Formosa quedó totalmente marginada del reparto de alimentos, luego que el Juez Sebastián Casanello intimara al Gobierno Nacional de Javier Milei a activar el reparto de los mismos y que se encontraban en depósitos a punto de vencer. El Ombudsman Provincial, Dr. José Leonardo Gialluca, calificó a la medida como discriminatoria y obscena, más aún cuando luego de conocerse el relevamiento de datos realizado y compartido por el Observatorio de la Deuda Social Argentina de la Universidad Católica Argentina (ODSA-UCA), revelando que la pobreza durante el primer trimestre del 2024 ha llegado al 55,5% de la población, mientras que la indigencia alcanzó al 17,5% de las personas. Los porcentajes se atribuyen en gran parte al impacto de la inflación de los últimos meses y a la suba en el rubro alimentos que afectó a los estratos más bajos de la sociedad. El mismo estudio aseguró que unos 7,8 millones de personas están en un estado de pobreza extrema o indigencia, por debajo de la canasta básica alimentaria (CBA). Asimismo, la inseguridad alimentaria total para áreas urbanas relevadas por la encuesta del ODSA-UCA, alcanza al 24,7% de las personas, al 20,8% de los hogares y al 32,2% de los niñas, niños y adolescentes. El Funcionario Provincial, señaló que, esta no es una “cuestión política no judiciable” como nos quieren hacer creer, ya que esos alimentos se adquirieron con fondos del Estado y conociéndose las necesidades que están pasando millones de hogares, se los mantuvo almacenados, sin que la Secretaria de Niñez, Adolescencia y Familia del Ministerio de Capital Humano tampoco actuara con diligencia, existiendo entonces la posibilidad de una posible comisión de delitos en ejercicio de sus funciones o por crímenes comunes conforme el art. 53 de la Constitución Nacional, que deberá ser investigado por la Justicia y el Congreso de la Nación.