-Los consumidores beneficiados con la devolución del IVA comprende a: trabajadores en relación de dependencia, personal de casas particulares, monotributistas, jubilados, pensionados, beneficiarios de AUH, con un tope mensual de $18.800 por beneficiario, con lo cual, cada uno debería gastar alrededor de 90.000 pesos, si se gasta menos, el reintegro será menor-
El Defensor del Pueblo de la Provincia de Formosa, Dr. José Leonardo Gialluca, indicó que, a partir del lunes 18 del corriente mes y año, comenzó a regir en todo el país, el Programa -Compre Sin IVA-, de devolución de ese impuesto en compras de productos de la canasta básica, en cumplimiento de la Resolución 1373/2023 del Ministerio de Economía. La medida se publicó el sábado 16 en una edición extraordinaria del B.O. junto a la reglamentación dispuesta por la AFIP en la Resolución General 5418/2023. El Funcionario señaló que, existen 3 tasas de IVA en Argentina: * 21%: es la tasa general, la más común. * 10,5%: para ciertos productos, como carnes, electrónicos, frutas, verduras, legumbres, hortalizas frescas, refrigeradas o congeladas, cereales, oleaginosas, porotos, arveja, lenteja, miel de abeja, harina de trigo (pan, galletas, facturas de panadería y/o pastelería y galletitas, bizcochos, elaborados exclusivamente con harina de trigo, sin envasar previamente para su comercialización), (excluido arroz), gas propano, butano y licuado de petróleo, fertilizantes químicos para uso agrícola. * 27%: para ciertas actividades, como telecomunicaciones y energía eléctrica. En lo que respecta a los productos incluidos en la Canasta Básica que al ser adquiridos se devolverá el IVA a los consumidores se encuentran: pan, leche, galletitas de agua/dulces, arroz, harina de trigo y otras harinas, fideos, papa/batata/hortalizas/frutas, azúcar, dulces, legumbres secas, carnes, menudencias, fiambres, huevos, queso, yogur, manteca, aceite, bebidas no alcohólicas, bebidas alcohólicas, sal fina, condimentos, vinagra, café y yerba. En cuanto al universo de beneficiarios, abarca: a trabajadores en relación de dependencia con ingresos de hasta 6 Salarios Mínimos, Vitales y Móviles, así como quienes perciban jubilaciones, pensiones por fallecimiento y pensiones no contributivas nacionales con un máximo de 6 haberes mínimos. De esta manera, el tope de ingresos para acceder al beneficio en el caso de los trabajadores es de $ 708.000 y de $ 524.758,56 para los jubilados. También pueden acceder a la devolución del IVA el personal de casas particulares encuadradas en el régimen especial de la actividad, monotributistas de todas las categorías, y beneficiarios de la Tarjeta Alimentar o de las tarjetas emitidas del Programa Potenciar Trabajo. Quedan exceptuados: los contribuyentes del Impuesto a los Bienes Personales, siempre y cuando no paguen el tributo sólo por la tenencia de un inmueble para vivienda única, y los trabajadores autónomos. Para acceder al beneficio se debe abonar con: * Tarjetas de débito, débito en cuenta (tarjeta de débito, donde el pago se carga directamente en la cuenta corriente del titular) o transferencias inmediatas a través de códigos QR, asociadas a cuentas abiertas en entidades financieras. En este punto, se solicitó a todos los consumidores que, cuando paguen con QR seleccionen la tarjeta de débito asociada a su cuenta bancaria en entidades financieras comprendidas en la Ley Nº 21.526 y modificaciones (ley de entidades financieras), para obtener el beneficio de la devolución del IVA. Luego de la transacción, el monto se reintegra a la cuenta bancaria asociada en un máximo de 48 horas: dentro de las 24 horas para las compras realizadas entre las 0 y las 17 del mismo día, y dentro de las 48 horas para las realizadas después de las 17 horas. Una vez realizados los reintegros, estos aparecerán en los resúmenes de cuenta de cada mes con el identificador «Reintegro programa Compre sin IVA«. Se puede acceder al beneficio en los comercios registrados ante la AFIP bajo 25 nomencladores de actividades económicas, incluyendo mayoristas, hipermercados, supermercados, minimercados, fiambrerías, almacenes, dietéticas, carnicerías, pescaderías, verdulerías, mercados, puestos móviles; y comercios alimenticios especializados. Para saber si se es beneficiario, se deberá ingresar a la web que puso en línea la AFIP a través del link https://servicioscf.afip.gob.ar/publico/reintegro/consulta.aspx y chequear su situación con solo ingresar cuil/cuit y luego el código de verificación que otorga la página.